El Banco de la Nación atenderán con total normalidad mañana 6 de diciembre desde las 7.30 a.m.  (Foto: El Comercio)
El Banco de la Nación atenderán con total normalidad mañana 6 de diciembre desde las 7.30 a.m.  (Foto: El Comercio)
Redacción EC

El pasado 15 de marzo, el pleno del aprobó por unanimidad -y exoneró de segunda votación- el proyecto de ley que faculta a la Oficina de Normalización Previsional () a conciliar, desistirse, transigir o allanarse en los procesos judiciales de pensionistas del régimen laboral 19990 como del de 20530.

Sin embargo, no todos los pensionistas de la ONP podrán acceder a este beneficio. 




De acuerdo con la norma, la Oficina de Normalización Previsional tenía 80.290 procesos judiciales en trámite a junio del 2018, de los cuales 69.468 corresponden a procesos previsionales.

De ellos, el 77% son procesos judiciales (53.559) sobre el Decreto Ley Nº 19990, y el 23% restante (15.909) corresponde a otros regímenes.

En específico, el documento que sustenta la norma señala que son 12.592 procesos los que podrían tener solución legal y ser técnicamente viables, por lo que calificarían por lo propuesto por la norma. 

El impacto presupuestal inmediato para implementar la ley sería el pago de devengados e intereses de estas 12.592 personas, valorizado en S/323 millones, como pago único.

En este sentido, revisa a continuación cuáles son los requerimientos para que un juicio pueda allanarse a procesos judiciales a fin obtener un pago, según indica Andina.

►CÁLCULO DE LA REMUNERACIÓN DE REFERENCIA

Para el cálculo de la remuneración de referencia se considera el promedio de las remuneraciones o ingresos asegurables mensuales efectivos percibidos en cada uno de los supuestos de los artículos 73 y 74 del Decreto Ley Nº 19990, el artículo 2 del Decreto Ley N° 25967 y el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 099-2002-EF.

No debe considerar los periodos no laborados, los cuales deben sustituirse por los periodos inmediatamente anteriores en los que hubiera remuneración o ingreso asegurable.

►APORTES FACULTATIVOS ABONADOS CON POSTERIORIDAD AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL DERECHO A UNA PENSIÓN

De acuerdo al proyecto, en estos casos no se debe considerar dichos aportes facultativos en el cálculo de la pensión de jubilación por haber sido efectuados después de que el asegurado ya contaba con los requisitos para obtener el derecho a la pensión, salvo que al asegurado le resulte más beneficioso considerarlos.

►APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY N°25009, LEY DE JUBILACIÓN DE TRABAJADORES MINEROS

Este punto indica que se otorga pensión de jubilación cuando el trabajador minero adolece de enfermedad de silicosis o su equivalente, sin que sea necesario los años de aportes.

►RECONOCIMIENTO DE APORTES COMO EMPLEADOS ANTERIORES A OCTUBRE DE 1962

Se reconoce como período de aportación los períodos de vínculo laboral en condición de empleados, anteriores a octubre de 1962.

►PENSIONES DEVENGADAS

Se otorga las pensiones devengadas conforme al artículo 81 del Decreto Ley Nº 19990, considerando la fecha de la solicitud primigenia; siempre que, cumpla con los requisitos de ley.

►BONIFICACIÓN COMPLEMENTARIA DEL 20% DEL FONDO ESPECIAL DE JUBILACIÓN DE EMPLEADOS PARTICULARES (FEJEP)

Se otorga las bonificaciones del 20% por el FEJEP, solo considerando los 10 años de aportes a mayo de 1973 y no los 20 años de servicios a mayo de 1973.

►ACREDITACIÓN DE APORTES

La ONP se allana en los casos cuya demanda tenga como controversia la acreditación de aportes al Sistema Nacional de Pensiones, siempre en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 29711 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 092-2012-EF.

Adicionalmente, se establece la fecha del inicio de pensión y la fecha de presentación de la solicitud de pensión para los asegurados desafiliados del Sistema Privado de Pensiones que optaron por regresar a la ONP, para el derecho al pago de la pensión, así como para sus devengados.

Ello siguiendo los criterios establecidos en la Resolución Nº 540-2018-ONP/TAP del Tribunal Administrativo Previsional.

Contenido sugerido

Contenido GEC