Produce busca fiscalizar a las mypes del rubro. (Foto: GEC)
Produce busca fiscalizar a las mypes del rubro. (Foto: GEC)
Redacción Economía

El incorporó una serie de infracciones a la normativa ambiental para la categoría productiva de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE).

Estas sanciones deben ser actualizadas cada dos años. Además, las multas para esta categoría no deben superar el 10% del ingreso bruto anual que percibió el infractor el año anterior a cometer la falta.

Las multas, dependiendo de su gravedad, oscilan entre 0.27 unidades impositivas tributarias (UIT) y 1.5 UIT.

La medida fue aprobada vía Decreto Supremo N° 012-2021-PRODUCE, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, y entrará en vigencia dentro de 60 días.

Las infracciones aprobadas son las siguientes:

  • No realizar el muestreo, las mediciones o determinación analíticas según las guías aprobadas por el Ministerio de la Producción y la normativa vigente.
  • No presentar los reportes de monitoreo ambiental o presentarlos de manera distinta a lo establecido en las guías aprobadas por el Ministerio de la Producción.
  • No recuperar las áreas utilizadas para las actividades acuícolas otorgadas en concesión, que hayan sido abandonadas o deterioradas a causa de dichas actividades.
  • No manejar los efluentes de los cultivos de acuerdo a los compromisos asumidos en el instrumento de gestión ambiental.
  • No manejar los residuos de los cultivos de acuerdo a los compromisos asumidos en el instrumento de gestión ambiental.
  • No presentar el informe de la situación ambiental del centro de producción acuícola, dentro de los 30 días de plazo, en casos de suspensión temporal de actividades.
  • No presentar un plan de cierre desarrollado previamente al cese de operaciones de las actividades acuícolas.
  • No cumplir con las obligaciones y compromisos del plan de cierre desarrollado aprobado por la autoridad competente.

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