El decreto supremo en cuestión dispone que las embarcaciones pesqueras atuneras extranjeras podrán obtener un permiso de pesca a pesar de no haber cumplido con la obligación de descargar no menos del 30% de sus capturas a las pesqueras peruanas.
El decreto supremo en cuestión dispone que las embarcaciones pesqueras atuneras extranjeras podrán obtener un permiso de pesca a pesar de no haber cumplido con la obligación de descargar no menos del 30% de sus capturas a las pesqueras peruanas.
Redacción EC

El Ministerio de la Producción () indicó hoy que revisará la norma que regula los desembarques de atún de la flota extranjera, a fin de establecer plazos más adecuados que aseguren el abastecimiento de este recurso a la industria nacional.

El Decreto Supremo N 021-2017-PRODUCE, emitido en el penúltimo día del 2017, modifica las exigencias que deben seguir las embarcaciones pesqueras extranjeras a fin de que se le otorguen nuevos permisos de pesca.

Tras su publicación, empresarios del sector alertaron que esta modificación peligraría el abastecimiento de atún para la industria pesquera local, pues postergaba la obligación de descarga de las embarcaciones extranjeras por cuatro años —hasta diciembre del 2020—.

De acuerdo a representantes de la industria local, antes de refrendarse este decreto, las pesqueras extranjeras tenían la obligación de hacer el descargue cada año, bajo sanción de no renovación del permiso de pesca en caso incumplan la medida.

En ese sentido, el Produce señaló que esta decisión se tomó tras las reuniones llevadas a cabo con representante de la industria pesquera preocupados por el tema.

Asimismo, puntualizó que la revisión de esta normativa tiene como objetivo “fijar los plazos más adecuados” a fin de asegurar el cumplimiento de los desembarques de la flota extranjera y la continuidad de las actividades de la industria nacional dedicada al procesamiento de este recurso.

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