Los requerimientos regulatorios propuestas en materia de gestión de conducta de mercado de seguros se asemeja al que cumplen las empresas del sistema financiero.
Los requerimientos regulatorios propuestas en materia de gestión de conducta de mercado de seguros se asemeja al que cumplen las empresas del sistema financiero.
Redacción EC

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () prepublicó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de . Con este, se le exigirá al mercado asegurador -en lo que sea aplicable- los mismos requerimientos regulatorios en materia de gestión de conducta de mercado que se piden actualmente a las empresas del sistema financiero.

Dicha propuesta reemplazaría al Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema de Seguros que actualmente se aplica.

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La iniciativa exige que la gestión ahora sea preventiva y que sea entendida como un proceso liderado por los órganos de gobierno, con el necesario compromiso de toda la organización; ampliando su alcance, antes centrado en transparencia de información y gestión de reclamos, para incorporar además la exigencia de adecuadas prácticas de negocio durante toda la relación contractual. 

De igual modo, la propuesta mejora las disposiciones del vigente Reglamento de Transparencia, incorporando, entre otros puntos, lineamientos generales respecto de las prácticas que debe asumir la empresa de seguros con sus usuarios, partiendo del diseño de los productos ofertados; la definición de los canales y modalidades de comercialización, que deben ser adecuados a las características y el nivel de complejidad de los productos; y el cumplimiento de las condiciones pactadas durante toda la relación contractual, especialmente ante la ocurrencia de un siniestro.

Otro punto se refiere a la responsabilidad que tendrán el Directorio y la Gerencia para establecer e implementar un sistema de gestión de conducta de mercado que abarque toda la organización. 

Por su parte, el Oficial de Conducta de Mercado es quien lidera la segunda línea de defensa de dicha gestión y debe fomentar que esta sea preventiva, tomando en cuenta los intereses y las necesidades de los usuarios. La gestión incluye el monitoreo de la relación con el usuario durante la comercialización de seguros (en cualquiera de sus modalidades), el pago de primas, la tramitación de solicitudes de cobertura, así como en la liquidación y pago de la indemnización por algún siniestro o servicio ofrecido. 

El proyecto también busca facilitar el uso de medios electrónicos en la contratación de productos de seguros, así como en la remisión de información al usuario (p.ej. póliza de seguros e información periódica); e incrementa los mecanismos de seguridad para su adecuada utilización sin exponer al usuario a mayores riesgos.

Asimismo, incorpora la simplificación de la información a difundirse en diversos canales (página web y oficinas de atención al público), así como en los formatos contractuales (Resumen de Condiciones y Certificado de Seguro), reduciéndola a aquella que resulta más relevante para el usuario, a fin de que éste tenga una mayor comprensión de los términos allí contenidos y, por ende, pueda tomar mejores decisiones.

Cabe destacar la exigencia de provisión de mayor información al usuario, tanto en la tramitación de la solicitud de cobertura y liquidación del siniestro, como en las etapas posteriores, de tal manera que exista una adecuada interacción con la empresa y se facilite el seguimiento de la solicitud de cobertura hasta el pago de la indemnización o el rechazo del siniestro, según corresponda.

El proyecto de reglamento cuenta con un enfoque basado en principios y reglas mínimas, en lugar del tradicional enfoque de cumplimiento normativo, y fue elaborado tomando como referencia las mejores prácticas internacionales, la experiencia obtenida en las labores de supervisión y estudios de demanda.

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