El nuevo régimen para el acceso a vivienda, en el que están incluidas las modalidades de alquiler-venta y leasing inmobiliario, pondrá a prueba –en “marcha blanca”– su proceso de inscripción de contratos durante esta semana. Como anticipó el ministro Milton von Hesse, este sería el último paso para que al llegar octubre se publique finalmente el reglamento de la ley de arrendamiento.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
Para formalizar los contratos de los nuevos mecanismos como el leasing inmobiliario, la ley ha creado el Registro Administrativo de Arrendamiento de Vivienda (RAV), que estará a cargo del Fondo Mivivienda. En este registro electrónico se inscribirán los contratos que hayan sido firmados para cada modalidad en formularios estandarizados.
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El RAV, que será de acceso público, permitirá conocer el cumplimiento en los pagos de los inquilinos, con el fin de que sean mejor evaluados por el sistema financiero o los arrendandores futuros puedan verificar su buena conducta.
Gerardo Freiberg, gerente general del Fondo Mivivienda, había adelantado que el flujo del RAV ya estaba definido en pocos pasos, desde el acuerdo entre arrendador e inquilino, y la validación de las identidades de ambos por parte de un notario, quien además formalizará el ingreso del inmueble al RAV y luego emitirá copias del contrato y constancias del registro.
La versión final de los contratos estandarizados también debería estar lista esta semana, luego de haber pasado por la evaluación de diversos actores del sector.Se espera que los primeros contratos registrados en el RAV sean de alquiler-venta, ya que las inmobiliarias cuentan con departamentos terminados y que tendrían una salida más rápida bajo esta modalidad.
“Creo que una vez que se reglamente la ley también los bancos entrarán al leasing, aunque eso pueda demorar un poco más”, dice Enrique Zevallos, gerente del gremio inmobiliario ADI Perú.
Sobre el RAV, Yuri Vega, abogado socio del Estudio Muñiz, dice que le preocupa la duplicidad de información que pueda generarse frente al registro de Sunarp. “No le veo una finalidad diferente. Creo que pudo haberse creado algún tipo de sección específica para estos contratos en los registros públicos, utilizando de igual modo los nuevos formularios”, señala.
EN PUNTOS► Formalidad. Los contratos deberán ser legalizados por notarios o jueces de paz. Luego ellos inscribirán los contratos en el RAV.
► También en Sunarp. El RAV no sustituye ni reemplaza las inscripciones que se deben hacer ante la Sunarp para el registro de los predios.
► A otro ritmo. La capitalización inmobiliaria, que se aprobó hace dos semanas, recién tendrá listo su reglamento a fin de octubre.