Las prórrogas están referidas a las declaraciones y pagos mensuales de tributos que vencen a partir de marzo hasta julio; y la Declaración de Renta Anual 2022 que vence en marzo y abril. (Foto: Hugo Curotto @photo.gec)
Las prórrogas están referidas a las declaraciones y pagos mensuales de tributos que vencen a partir de marzo hasta julio; y la Declaración de Renta Anual 2022 que vence en marzo y abril. (Foto: Hugo Curotto @photo.gec)
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria recordó que la declaración y pago de responsabilidades tributarias, como la Renta Anual 2022, de aquellos contribuyentes que domicilian en las zonas afectadas por las intensas lluvias, se postergará hasta por tres meses.

Esta medida se aplica según lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N.° 051-2019, que señala que, ante la declaratoria de estado de emergencia por desastres naturales, aquellos contribuyentes que tengan domicilio fiscal registrado ante la Sunat en alguna de las localidades afectadas reciben automáticamente la postergación de sus obligaciones tributarias, facilitando así que las personas naturales y empresas puedan reiniciar o continuar con sus actividades comerciales.

Cabe precisar que mediante los Decretos Supremos N.º 30-2023-PCM, N.º 34-2023-PCM y N.º 36-2023-PCM publicados recientemente, diversos distritos de Arequipa, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Lima, a los cuales podrían sumarse nuevas localidades por impacto de daños, que también podrán postergar las fechas de vencimiento de sus declaraciones y pagos.

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La Sunat explica que existen dos tipos de prórrogas:

La que corresponde a las declaraciones y pagos mensuales de tributos que vencen a partir de marzo hasta julio del 2023 y que se podrán declarar y pagar desde el mes junio hasta agosto de 2023, respectivamente.

También aquella que está referida a la Declaración de Renta Anual 2022 que vence en marzo y abril de 2023, que se podrá declarar y pagar hasta el mes de junio de 2023.

En todos los casos, se considerará el cronograma de vencimientos, en función al último dígito del RUC de cada contribuyente, indicó la administración tributaria.

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