Préstamos
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Redacción EC

El (TC) resolvió que las deberán analizar las solicitudes de créditos realizadas por ancianos.
Esto, en respuesta a la demanda interpuesta por María Chura Arcata, quien en el 2013 y con 85 años, pidió un préstamo Multired al Banco de la Nación. Dicho pedido fue denegado por la entidad, pues la entidad consideró que la avanzada edad de la solicitante incrementaba su riesgo crediticio.

Aunque Chura manifestó su deseo de pagar un seguro de desgravamen, el banco sustentó que con su decisión buscaba la salvaguarda de los fondos públicos que administra. Además, sostuvo que cumple con los requisitos y condiciones de una directiva interna que señala que “el Préstamo Multired deberá tener el mínimo riesgo crediticio y operativo”, por lo que no existiría discriminación, sino un trato diferenciado con respecto a Chura. El TC declaró la demanda fundada en parte, pues consideró que se produjo una vulneración del derecho a la igualdad. Además, ordenó al Banco de la Nación responder a la solicitud de Chura, considerando factores adicionales a la edad a fin de determinar si se otorga o no el préstamo requerido.

Asimismo, el TC ordenó noticiar su decisión a la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP, a fin que adopte las medidas pertinentes, y dispuso el pago de costos del proceso judicial por parte del Banco de la Nación. De los siete miembros del Tribunal Constitucional, cinco –Manuel Miranda, Marianella Ledesma, Ernesto Blume, Carlos Ramos, Eloy Espinoza-Saldaña- indicaron que sí se trataría de una medida discriminatoria. Los otros dos -Óscar Urviola y José Luis Sardón de Taboada-, emitieron votos singulares, asegurando que la Constitución no impone hacer diferenciaciones razonables en base a la edad y que protege la libertad contractual como derecho fundamental.

Así, explicaron que toda persona tiene derecho a contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de orden público. “Al obligar a los bancos a evaluar las solicitudes de préstamos de personas mayores de 84 años de edad, la sentencia en mayoría viola estas normas, ya que los bancos no contravienen ninguna ley de orden público y actúan según las normas vigentes al negarse a hacerlo”, aseguraron Urviola y Sardón de Taboada.

Para ellos, la medida encarecerá el crédito, por lo que eventualmente, los bancos tendrán que subir las tasas de interés. "Ello reducirá aún más la baja bancarización que caracteriza a la economía peruana, obligando a los más necesitados a acudir a agiotistas informales que suelen cobrar tasas de interés exorbitantes”, aseguraron.

ASBANC
Desde el punto de vista del usuario, esta resolución otorga la posibilidad que a cualquier persona, previa evaluación y aprobación de su solicitud, le sea otorgado un crédito, sin importar la edad, siguiendo el mismo procedimiento de quienes son menores de 70 años, explicó Eva Céspedes, directora de Relaciones con el Consumidor de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc). "En el caso particular de esta resolución, el usuario tenía más de 80 años y la política del Banco de la Nación tenía como límite, una edad menor para otorgar sus créditos", agregó.

Para ella, los créditos en general incorporan en su oferta el seguro de desgravámen, por lo que es necesario que las aseguradoras contemplen a las personas de la tercera edad, en tanto no es el banco el que otorga los seguros.

Por otro lado, resaltó que la resolución incorpora en su análisis un criterio de razonabilidad respecto del monto a prestar, pues señala que así como el Banco de la Nación considera una escala de montos a prestar en función a la edad, ésta debe ser ampliada considerando que se trata de una persona de la tercera edad. "Habrá que estar atentos ante un posible encarecimiento del crédito en estos casos, pues el riesgo de problemas con el pago aumenta con la edad, lo que encarece la tasa y también los seguros", explicó.

En ambos casos, continuó, dependerá de la política de la entidad financiera y de las aseguradoras -según corresponda-, establecer si se tratará una política en el que el incremento se aplique sólo al beneficiario del crédito y/o seguro o será más bien una política que implique distribuir entre todos los usuarios los posibles incrementos, lo que podría afectar la demanda de créditos.

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