La Defensoría del Pueblo, cuyo titular es Walter Gutiérrez, se pronunció sobre la valla electoral (Foto: GEC)
La Defensoría del Pueblo, cuyo titular es Walter Gutiérrez, se pronunció sobre la valla electoral (Foto: GEC)
Redacción EC

La consideró este jueves que las organizaciones políticas sí deberían perder la inscripción si es que no pasan la valla electoral.

El pronunciamiento de la institución se da en el contexto de la decisión del de que no se aplique la valla electoral para las .

En ese sentido, la Defensoría del Pueblo remarcó que acatará lo dispuesto por el máximo organismo electoral.

“Para el presente proceso electoral debió aplicarse la norma que dispone que si la organización política no alcanza por lo menos seis representantes en más de una circunscripción, o no obtiene al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional, se le cancelará la inscripción”, señaló.

En un comunicado de prensa, refirió que la aplicación de la valla electoral busca “constituir y fortalecer un sistema de partidos políticos integrado por organizaciones que tengan representatividad popular y una vida partidaria activa”.

"El carácter general de una elección popular no está determinado por la concurrencia de tres procesos electorales como son las elecciones a la Presidencia de la República, al Congreso de la República y al Parlamento Andino, sino porque la finalidad de la elección es la de elegir autoridades con competencia nacional", detalló.

"En ese sentido, las organizaciones políticas se preparan para una elección de este alcance cuyos resultados se traducen en la conformación de un nuevo Congreso de la República con 130 congresistas que representan a la Nación", añadió.

En ese sentido, explicó que el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas debe ser interpretado en concordancia con los artículos 16, 84 y 85 de la Ley Orgánica de Elecciones, que señala que las elecciones generales son aquellas que se realizan cada cinco años, salvo el caso de la disolución.

“Es decir, la propia norma recoge ambos supuestos: elecciones cada cinco años y elecciones derivadas de la disolución del Congreso, las que deben ser entendidas como generales”, subrayó la Defensoría del Pueblo.

“No obstante lo señalado anteriormente, frente al proceso en curso, es responsabilidad de ciudadanos, candidatos y organizaciones del Estado acatar lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones”, sentenció.

Como se recuerda, el pleno del JNE determinó no aplicar la valla de cancelación de la inscripción de organizaciones políticas en las elecciones congresales que se realizarán el próximo domingo 26 de enero.

A través de un comunicado, el organismo precisó que no corresponde aplicar el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas debido a que se trata de un proceso extraordinario y no de una elección general, como establece esta norma.

En consecuencia, no se cancelará la inscripción de las agrupaciones políticas al cumplirse un año de concluido el proceso si no hubiesen alcanzado al menos seis representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral o al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.

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