Ante casos de competencia, la ley dispone que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia deberá optar preferentemente por el fuero militar policial cuando se investigue a personal en situación de actividad. Foto: Andina/PCM/composición GEC
Ante casos de competencia, la ley dispone que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia deberá optar preferentemente por el fuero militar policial cuando se investigue a personal en situación de actividad. Foto: Andina/PCM/composición GEC
Por Redacción EC

Al no haber sido firmada ni observada por el Ejecutivo, dentro del plazo establecido en la Constitución Política, el presidente del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi Capurro, promulgó la ley que modifica el Código Penal Militar Policial (Decreto Legislativo 1094) y el Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957) e incorpora la pena de cadena perpetua para los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la PNP que utilicen sus cargos para apoyar el accionar de grupos ilegales.

Conforme a los criterios de

Trust Project
Tipo de trabajo: