El conductor de TV y músico Eduardo Saettone Arróspide, quien se encontraba prófugo desde el año pasado, cumplirá en libertad su sentencia por el delito de homicidio culposo. Ello debido a que el tribunal de apelaciones cambió su condena de 4 años de prisión efectiva a prisión suspendida.
Así lo confirmó a El Comercio la abogada Vannesa Valverde, parte de la defensa de Saettone, quien detalló que la sentencia, emitida el 21 de abril por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, establece “4 años de pena privativa de la libertad suspendida por 3 años”.
Asimismo, se aumentó la reparación civil de 50 mil soles a 100 mil soles, pero se redujo la inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo. Ahora no será de por vida sino solo mientras dure la condena.
Como se recuerda, el 18 de agosto pasado, el 35 Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima sentenció a Edu Saettone a prisión efectiva por la muerte de María Elena Coronado, a quien atropelló en el año 2012.
Dicha sentencia fue apelada tanto por la defensa de Saettone como por la familia de la víctima que pedía una pena mayor. Los deudos denunciaban que no se consideró la figura agravada que solicitó la fiscalía y que el acusado dilató a propósito el proceso al cambiar en varias oportunidades abogado y no presentarse a los llamados del Poder Judicial. De hecho, en el 2014 fue declarado reo contumaz.
El 23 de agosto de 2012, María Elena Coronado esperaba un bus cuando el vehículo que manejaba Edu Saettone la embistió en la cuadra 37 de la Av. Benavides, en Surco. Tras cinco días de agonía, la mujer de 69 años falleció por un traumatismo encefalocraneano severo.
La versión de Edu Saettone fue que su camioneta se despistó luego de que un ómnibus de transporte público se detuviera en seco para recoger pasajeros. Debido a que ese día había lloviznado su vehículo patinó y, según dijo, no pudo evitar arrollar a Coronado.
No obstante, la anterior sentencia del 35 Juzgado Penal determinó que, en base al informe técnico de la policía, el conductor iba a excesiva velocidad (90 k/h) y que la presencia de otro vehículo no fue el factor principal del atropello. El “factor velocidad, que en términos cualitativos de “imprudencia”, generó la pérdida de control del vehículo”, señalaba el documento al que accedió El Comercio.
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Ante ello, Valverde indicó que el tribunal de apelaciones concluyó que ”no se pudo determinar“ el exceso de velocidad. Esto fue determinante para el cambio de pena efectiva por suspendida.
La sala también estableció que Edu Saettone debe cumplir reglas de conducta como no variar el domicilio sin previo aviso, no ausentarse del lugar de su residencia y comparecer cada 30 días para registrarse en un cuaderno de control.
El Comercio se comunicó con Luis Galeno, hijo de la víctima, quien manifestó que no han sido notificados sobre la sentencia por lo que evitó pronunciarse sobre ella.
Se trata de la tercera sentencia del caso. En diciembre del 2014, el juez a cargo dictó cuatro años y siete meses de prisión suspendida, pero también fue apelada.
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