En la norma se establece que unidades y conductores deberán portar un código QR para que los usuarios puedan escanearlo con un celular y conocer el número de la placa, si está autorizada para brindar el servicio y el nombre del chofer. (Foto: MTC)
En la norma se establece que unidades y conductores deberán portar un código QR para que los usuarios puedan escanearlo con un celular y conocer el número de la placa, si está autorizada para brindar el servicio y el nombre del chofer. (Foto: MTC)
Redacción EC

La (ATU) que regula la prestación del servicio Público del Transporte Especial en la Modalidad de Taxi, el cual, según dijo, simplifica trámites y otorga autorizaciones de hasta 10 años.

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, el reglamento, , simplifica los trámites que deben realizar los operadores, ya que reduce el número de procedimientos de 26 a 5, lo que constituye un incentivo para promover la formalización de los taxis. Asimismo, enfatizó que los plazos de las autorizaciones serán de 10 años, estandarizando la vigencia para los vehículos de Lima y Callao.

Por otro lado, la entidad detalló las unidades y conductores deberán portar un código QR (brindado por la ATU gratuitamente) para que los usuarios puedan escanearlo con un teléfono celular y conocer el número de la placa de rodaje, si está autorizada para brindar el servicio, el nombre del operador/conductor, teléfono de atención al ciudadano (en caso del taxi de empresa), entre otros datos relevantes.

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La norma refiere que los vehículos contarán con un Sistema de Control y Monitoreo Inalámbrico, que es una plataforma tecnológica desarrollada por la ATU que permitirá conocer en tiempo real el desplazamiento de la unidad y, de esta manera, empezar a ordenar el tránsito, mejorar los viajes de los usuarios y optimizar el servicio.

La ATU remarcó que tambien se modifica las modalidades del servicio, que pasarán de ser taxi Independiente, Remisse y Estación a Independiente y Ejecutivo.

Estamos entregando a la ciudad un marco normativo que fomenta y agiliza la formalización del servicio a favor de miles de conductores. Asimismo, le da seguridad a cientos de limeños y chalacos que deseen utilizar o brindar este servicio”, expresó el director de Integración de Transporte Urbano y Recaudo (DIR), Eduardo Beingolea Zelada.

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Además, el reglamento establece que la antigüedad máxima de permanencia de los taxis será de 15 años, alineándose a la normativa nacional vigente. Asimismo, se diseñarán programas de apoyo para la renovación y chatarreo de la flota vehicular que supere dicha antigüedad.

En cuanto a la modalidad de Taxi Ejecutivo, las empresas que cuentan con una flota igual o mayor a 11 vehículos deberán contar con un porcentaje de unidades adecuadas para transportar a personas con movilidad reducida.

Una de las condiciones para acceder y prestar el servicio de taxi es que el conductor no se encuentre en el subregistro de personas condenadas por delitos contra la libertad sexual y la vida de mujeres, niñas, niños, adolescentes, así como violencia familiar, feminicidios, explotación sexual, entre otros delitos.

La ATU enfatizó que las solicitudes y procedimientos administrativos en trámite continuarán y culminarán conforme a las normas con las cuales se iniciaron. Con relación al procedimiento de notificación, este será conforme a lo establecido por la normativa vigente.

La entidad elaboró el reglamento con las recomendaciones y opiniones de los gremios, asociaciones, operadores, organizaciones civiles y de la ciudadanía en general a través de diversas mesas de trabajo desde mediados de 2020.

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