La Municipalidad de Lima informó que, por medidas de seguridad, a partir de este lunes 19 se restringirá el tránsito vehicular. (Foto: El Comercio)
La Municipalidad de Lima informó que, por medidas de seguridad, a partir de este lunes 19 se restringirá el tránsito vehicular. (Foto: El Comercio)
Oscar Paz Campuzano

La señora Yesenia es dueña de un pequeño stand de luces navideñas y luminarias. Su local queda en La Cochera, una galería de Mesa Redonda que se incendió por completo en junio del 2017.

La última vez que su local pasó por una inspección de seguridad (requisito indispensable para funcionar) fue a principios de año y a fines del 2019 le tocará pasar por una nueva revisión si quiere seguir atendiendo.

Entonces, dentro de un año, ella deberá ir a la Gerencia de Defensa Civil, de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), y pedir la visita de un inspector. Este especialista tiene siete días para evaluar si el stand es seguro.

¿Qué pasa si la inspección no se llega a hacer en esos siete días?
Bajo la nueva legislación, que está en vigencia desde el 1 de noviembre pasado, se aplica el silencio administrativo positivo, es decir, se dará por supuesto que el stand de la señora Yesenia es seguro [aunque no lo sea] y podrá seguir funcionando.

Este criterio también aplica a un centro comercial, una fábrica, un hospital, cualquier edificación que requiera certificar su seguridad para funcionar.

“Es bueno agilizar los plazos, pero no cuando se trata de normas técnicas que impactan en la vida de las personas y en la seguridad de los locales”. Arturo Yep, decano del Colegio de Arquitectos del Perú​

“Un local no debería funcionar sin que haya pasado por la inspección técnica de seguridad”.
Mario Casaretto, Gerente de Defensa Civil de la Municipalidad de Lima

—Cambios con críticas—
A través del Decreto Supremo 002-2018-PCM [publicado a inicios de enero y vigente desde el 1 de noviembre], que aprueba el nuevo reglamento de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones (ITSE), se sustituyó el silencio administrativo negativo por el silencio administrativo positivo para cuando cualquier municipio del país no cumpla con hacer la inspección de defensa civil en los plazos de ley.
Esto, que se hace para desburocratizar al Estado, ha despertado críticas desde algunos municipios.

“No se les debe aplicar el silencio administrativo positivo. No es posible que un administrado inicie o continúe sus actividades comerciales con público sin que se hayan evaluado las condiciones de seguridad en su local”, dice el gerente de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), Mario Casaretto.
La MML envió en abril al presidente Martín Vizcarra esta y otras 22 observaciones, y solicitó varios cambios.

Antes del Decreto Supremo 002-2018-PCM, los municipios del Perú tenían entre 15 y 30 días para hacer una inspección de seguridad. Ahora, el plazo se recortó a entre siete y nueve días.

“A los municipios no solo se les está dando menos tiempo para cumplir la inspección, sino que, si no lo hacen a tiempo, cualquier local, que puede ser un stand en Mesa Redonda o una fábrica en cualquier parte del país, podría funcionar sin que un especialista haya verificado si tiene riesgo de incendio, colapso, etc. Es gravísimo”, afirma la ingeniera civil Elsa Huapaya, inscrita en el Registro Nacional de Inspectores (Ritse).

En un distrito como San Juan de Lurigancho (SJL), el más poblado del país y que cuenta con una enorme oferta comercial e industrial, ejecutar estos nuevos términos es complicado. Por ejemplo, este municipio debe verificar las condiciones de seguridad del patio de maniobras de la línea 1 del metro y de grandes fábricas.

“Es muy difícil cumplir los plazos y apenas hemos fiscalizado en cuatro años el 50% de todo el distrito. Por eso, es una barbaridad que este decreto active el silencio positivo para un asunto tan delicado”, comenta Martín Román, de la Gerencia de Gestión de Riesgo de Desastre de la Municipalidad de SJL.

El funcionario indica que no cumplen los plazos por falta de personal. Dice que deben hacer inspecciones complejas que les toman varios días. “Mesa de partes notifica las solicitudes al tercer día, sufrimos para llegar hasta fábricas alejadas, tenemos sobrecarga de procesos”, añade.

La MML –explica Casaretto– emitió entre el 2017 y lo que va del año unos 28.400 certificados ITSE, cumpliendo la mayoría de veces con los plazos de la anterior ley. “Pero nosotros tenemos 27 inspectores y podemos hacerlo. Hay otros municipios del Perú que no tienen personal y contratan inspectores ‘freelance’ y tienen muy poco personal”.

SJL tiene cuatro inspectores.

PrecisionesLa entidad del Estado que diseñó esta norma es el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo del Desastre (Cenepred), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). El Comercio solicitó la opinión a la Cámara de Comercio de Lima (CCL), pero el gremio empresarial optó por no pronunciarse. Al cierre de esta edición, la MML no recibía respuesta del Ejecutivo sobre los cambios que plantea.

—Debate sobre la norma—
La abogada Yelitza Valdivia explica que la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) establece que se debe aplicar el silencio negativo cuando el requerimiento impacte sobre asuntos de interés público. “Tratándose de un tema [...], como es la seguridad de las personas, vemos cuestionable la aplicación del silencio positivo a los procedimientos de ITSE”, precisa.

Pero el abogado Alfredo Bullard sostiene, más bien, que la lentitud de la administración pública en el otorgamiento de certificados de defensa civil ocasiona grandes costos: puestos de trabajo que se dejan de generar, costos para las empresas e impacto en el precio a los consumidores.

“Estoy a favor del silencio positivo, porque los municipios deberían agilizar estos permisos y concentrar sus recursos y esfuerzos en inspecciones sorpresivas”, opina Bullard.

El abogado Jorge Danós coincide con Bullard, ya que las comunas deberían responder dentro de los plazos. “Es un sinsentido que una entidad pública, además de que no cumpla oportunamente sus funciones, pida que el que acuda ante ella para pedir que ejercite las potestades que la ley le encomienda, se perjudique porque la misma entidad no emite su pronunciamiento dentro del plazo”, añade.

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