
La Municipalidad de Miraflores podrá continuar con el registro de los motociclistas que realizan el servicio de delivery en su jurisdicción, tras la reciente decisión de Indecopi de revocar una anterior resolución que había declarado barrera burocrática un extremo de la ordenanza 616, que regulaba el tema. La medida dispuesta por la gestión del alcalde de Miraflores, Carlos Canales, busca reforzar la seguridad ciudadana en su distrito mediante acciones preventivas, en un contexto del aumento de la delincuencia, especialmente de los robos mediante el uso de las motocicletas.
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La medida también había sido adoptada por los municipios de Surco, San Borja, San Isidro y Punta Hermosa. En el caso de Surco, el municipio estableció, a través de la ordenanza N°689, multas de hasta S/3600 y el internamiento de la unidad en caso los conductores de motos que no se hayan registrado y que no tengan el código QR que los valide como repartidores a domicilio.
El caso
En septiembre del 2023, la Municipalidad de Miraflores emitió la ordenanza 616 para establecer que los motociclistas que efectúan el servicio de reparto a domicilio podían registrarse en un portal y que, tras ello, obtendrían un código QR que tenían que mostrar en los operativos de control de las autoridades en las calles del distrito. Los motorizados inscritos debían colocar el mencionado código QR y stickers con el número de placa del vehículo en la parte superior y posterior de la mochila de reparto. Se estableció una marcha blanca de la iniciativa, entre octubre y noviembre de ese mismo año, y luego se implementó la plataforma “Conoce tu delivery” para efectuar el empadronamiento.
El municipio había destacado que el registro era libre y voluntario, pero que el repartidor que no contaba con el sticker del QR podía demorar hasta 20 minutos durante los operativos, lo que podría llevar a que entreguen el pedido con retraso.

Además, indicó que, en caso los agentes policiales encuentren irregularidades en los conductores dedicados al servicio de delivery, en especial los que no cuenten con su código QR (sticker pegado en el vehículo), estos podrían pasar hasta dos horas adicionales en alguna de las dos comisarías del distrito, San Antonio y Miraflores, para las investigaciones del caso.
Sin embargo, en setiembre del 2024, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi había declarado, tras una investigación de oficio, ilegales 42 medidas que afectan el servicio de delivery impuestas por las municipalidades distritales de San Borja, Miraflores, San Isidro y Punta Hermosa.
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De acuerdo con dicha instancia del Indecopi, los citados municipios exigían a los repartidores de delivery el uso de uniformes, la colocación de stickers con el número de placa del vehículo en la caja de reparto o que cuenten con un certificado de registro otorgado por la municipalidad impidiendo a los emprendedores y empresarios entregar sus productos como un servicio complementario o generar un nuevo rubro en el transporte de sus productos en vehículos menores.
“Durante el proceso, la Comisión concluyó que las comunas distritales infringieron la Ley del Procedimiento Administrativo General, así como la Ley Orgánica de Municipalidades, debido a que carecen de competencias para imponer medidas en materia de transporte terrestre de carga y/o mercancías a través de motocicletas que excedan lo dispuesto en las normas emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima sobre dicha materia”, expresó la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi Indecopi.

Ante ello, el municipio de Miraflores presentó una apelación y, en estos primeros días del 2025, se conoció que Indecopi varió su posición inicial y falló a favor de la comuna.
“El registro en la plataforma Conoce tu Delivery es voluntario”
Lino de la Barrera, gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Miraflores, destacó la reciente resolución de Indecopi que permite el empadronamiento de los motociclistas que brindan el servicio de delivery en el distrito, ya que consideró que se había “regulado” dicho tema de una manera correcta.
En diálogo con El Comercio, el funcionario enfatizó que en la norma emitida por la comuna de Miraflores se establece que el registro en la plataforma “Conoce tu Delivery” es voluntario y no obligatorio. Remarcó que con el código QR que exhiba el motociclista le permitirá avanzar con rapidez durante el operativo de control de las autoridades.
“Este empadronamiento es voluntario, cada persona que quiere realizar el servicio se registra a través de una plataforma. Nosotros no queremos obligar a nadie. Estamos dándoles una oportunidad de cumplir con ese servicio de delivery a sus clientes de forma muy rápida y sin pérdida de tiempo”, manifestó Lino de la Barrera.

Al ser consultado sobre qué ocurrirá con las personas que vienen de otros distritos y deben entregar un producto en Miraflores y no están registradas en la plataforma, el funcionario explicó que los policías les solicitará, durante un operativo, sus documentos personales de identidad y de la moto, y que podrán seguir con su trayecto en caso no haya ninguna irregularidad. El único inconveniente generado, según dijo, será que entregarán con demora el pedido.
“La persona que trae un pedido de cualquier otro lado simplemente tiene que identificarse ante la autoridad policial, presentar su documento de identidad, tarjeta de identificación, documentos del vehículo con el que está prestando servicio, y si está en todo en orden, continúa su servicio sin ningún problema, solo le va a tomar un poco más de tiempo”, indicó.
En ese contexto, señaló que continuarán con los operativos de control a los motociclistas, incluso en horario nocturno. La Municipalidad de Miraflores informó que ha ejecutado, mientras estuvo vigente la norma, 37 operativos y ha intervenido a 3034 motos, de las cuales 121 motos fueron sancionadas o derivadas a la comisaría por parte de la Policía.
“Lo que nosotros queremos es generar un espacio en el que la persona sepa quién le está entregando el pedido, no queremos esa situación de anonimato en la cual se están escudando amigos de lo ajeno. Ese anonimato oculta detrás a personas que se dedican al hurto, hay personas de mal vivir que se escudan en esa situación, eso es lo que queremos evitar”, afirmó.
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Además, indicó que se buscará compartir dicha iniciativa a otros distritos de la Mancomunidad de Lima Centro, ya que en las comunas aledañas se ha desarrollado una importante oferta gastronómica y recordó que Miraflores es uno de los distritos que más servicios de delivery le genera a las empresas de ese rubro.
“El alcalde Canales es el presidente de la Mancomunidad de Lima Centro, entonces vamos a ver, porque esto se ha convertido en un modelo, si puede ser exportado a los demás distritos de la Mancomunidad, de tal manera de crear un espacio seguro, que no solamente sea para Miraflores sino para los demás distritos que abarcan la misma, porque eso podría ayudar muchísimo a otros distritos donde se ha desarrollado ofertas gastronómicas y de servicio que también demandan el delivery y que están cerca de Miraflores”, afirmó.

“En las siguientes reuniones que tengamos con ellos vamos a exponer cómo es que se ha desarrollado esta ordenanza vinculada a este empadronamiento voluntario para que sea un modelo que se replique en su distrito. Algunos tomaron otro tipo de camino, por ejemplo, establecieron un empadronamiento no voluntario, sino algo que fuese obligatorio, eso probablemente pueda tener problemas y están a tiempo de cambiar y poder tomar el modelo que ya está probadamente autorizado de manera legal”, añadió.
“Es potestad de la municipalidad el control de la seguridad ciudadana”
Martín D’Azevedo, abogado especialista en temas municipales, consideró que lo resuelto por Indecopi en el caso de Miraflores es adecuado, pues recordó que es competencia de las municipalidades el tema de la seguridad ciudadana y que puede disponer medidas para controlarla.
“Me parece bien la decisión tomada por Indecopi en este nivel administrativo y técnico porque, en efecto, la potestad y competencia de la seguridad ciudadana la tiene la municipalidad, obviamente que es compartida con el Ministerio del Interior, que es el ente rector”, expresó en diálogo con El Comercio.
“Es una potestad de la municipalidad el control de la seguridad ciudadana, y dentro de esa potestad, es decir facultad para regularlo a nivel provincial y distrital y luego fiscalizar con la Policía su cumplimiento. Desde ese punto de vista no es un ejercicio abusivo de un derecho o una obligación como autoridad, sino más bien es ejercer el control preventivo y disuasivo, que es lo que la municipalidad hace a través del serenazgo y de la seguridad ciudadana”, agregó.

Además, descartó que la ordenanza emitida por la comuna de Miraflores se trate de una barrera burocrática, ya que no se avizora “alguna traba que burocratice el tema”, ya que solo se trata de la solicitud de información que requieren la autoridad municipal y la Policía para contrarrestar el avance de la delincuencia.
Martín D’Azevedo enfatizó que las municipalidades realizan empadronamientos de manera continua en ciertos ámbitos de su competencia, como en el caso del comercio ambulatorio. No obstante, afirmó que las personas que no estén de acuerdo con lo resuelto por Indecopi pueden acudir al Poder Judicial o al Tribunal Constitucional.
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“Toda persona, natural o jurídica, tiene la potestad -dando por agotada la vía administrativa, que en este caso es ante la instancia de Indecopi, porque más allá de esa especialidad no hay donde ir- de acudir a la vía jurisdiccional en un procedimiento contencioso administrativo en el Poder Judicial o a través de una acción de amparo ante el TC”, añadió.
Aseguran que norma no afecta el libre tránsito ni el derecho al trabajo
José Luis Huamán, presidente de la Asociación de Motociclistas del Perú (Asmope), destacó que el registro de los motociclistas que realizan servicio delivery en Miraflores es voluntario, en contraposición al carácter obligatorio y sancionatorio que habían establecido las comunas de San Borja y Surco.
En lo que sí fue reticente fue es que se exponga algún tipo de información personal de los motociclistas en el código QR que se genere tras el registro en la plataforma “Conoce a tu Delivery”.

No obstante, sí se mostró de acuerdo en que se coloque el código QR o el número de placa de la moto en la parte delantera y trasera de la mochila que usan los trabajadores de del servicio delivery, ya que se trata de una unidad que realiza un servicio comercial.
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Remarcó que la ordenanza de la Municipalidad de Miraflores no afecta el derecho al trabajo o al libre tránsito, pues se trata de un registro voluntario.
Congreso aprobó iniciativa para identificar a prestadores de servicios de delivery
El Pleno del Congreso aprobó, el pasado 7 de noviembre, el dictamen que crea el Registro de Prestadores de Servicio de Delivery a través de Plataformas Digitales de Reparto (Represede), a fin de permitir la identificación del prestador de dichos servicios. El proyecto fue exonerado de una segunda votación.
La iniciativa tiene por finalidad facilitar información a las entidades públicas responsables de brindar los servicios de seguridad ciudadana sobre el prestador de servicios de delivery, a efectos de poder identificarlo y diferenciarlo de otros conductores de vehículos menores.
“La administración y actualización de este registro es de responsabilidad de cada municipalidad provincial, en coordinación con las municipalidades distritales”, se destaca en la propuesta.
Sobre la inscripción en el Represede, se indica que debe presentarse el documento nacional de identidad (DNI), carnet de extranjería y otro documento de identificación vigente en el territorio nacional que lo habilite para la realización de actividades económicas. Asimismo, una licencia de conducir vigente, una póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y el certificado de revisión técnica.

“Las municipalidades distritales, en coordinación con las municipalidades provinciales, entregan al prestador de servicios de delivery, a través de Plataformas Digitales de Reparto, la constancia de inscripción en el Represede, en soporte físico, electrónico o análogo, según las características que establezca el reglamento”, se destaca.
Dentro de las disposiciones complementarias finales se indica que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dentro de los 80 días hábiles siguientes a la publicación del reglamento, implementará la plataforma digital nacional del Represede.
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Dentro del análisis costo-beneficio del dictamen se indica que la identificación de los prestadores del servicio de delivery permitirá mejorar las políticas públicas de seguridad ciudadana y, con ello, optimizar los procesos de fiscalización y vigilancia que desarrolla la Policía Nacional del Perú y los gobiernos locales.
“Con la información que brinden las empresas operadoras de servicios de intermediación, a través de plataformas digitales de reparto, se mejorarán los procesos de investigación ante hechos que afectan la seguridad ciudadana y en la formulación de políticas públicas”, se indica.