USCIS es una agencia del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (Foto: AFP)
USCIS es una agencia del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (Foto: AFP)
USCIS es una agencia del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (Foto: AFP)
Enzo Mori

En medio del endurecimiento de las políticas migratorias impulsadas por la , conocer las herramientas legales disponibles puede marcar la diferencia entre ser deportado y quedarse en Estados Unidos. Una de esas herramientas poco conocidas, pero poderosas, es el formulario I-881: una solicitud de suspensión de deportación o cancelación de remoción que podría proteger a ciertos migrantes en situación vulnerable.

¿QUIÉNES PUEDEN PRESENTAR ESTE FORMULARIO?

Este formulario, gestionado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), está respaldado por la Sección 203 de la Ley Pública 105-100 y se dirige específicamente a bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (NACARA). No aplica para todos, pero para quienes califican, es una vía legal legítima para evitar la deportación.

USCIS explicó que el formulario I-881 no solo está disponible para países de Centroamérica (Foto: AFP)
USCIS explicó que el formulario I-881 no solo está disponible para países de Centroamérica (Foto: AFP)

Por ejemplo, ciudadanos de Guatemala que ingresaron a Estados Unidos antes del 1 de octubre de 1990 y se inscribieron ante el antiguo Servicio de Inmigración e Iglesias Bautistas Americanas, o quienes presentaron un formulario de asilo (I-589) antes del 31 de diciembre de 1991, pueden ser elegibles. También están incluidos los ciudadanos de El Salvador que llegaron antes del 19 de septiembre de 1990 y se acogieron al estatus de protección temporal antes de fines de octubre de 1991.

Pero no solo los centroamericanos pueden beneficiarse. USCIS ha extendido esta opción a migrantes originarios de países como Rusia, Rumania, Albania, Letonia, Yugoslavia y otros Estados de la antigua URSS y Europa del Este, que también hayan ingresado antes del corte de 1999 y hayan presentado solicitudes de asilo.

Este formulario únicamente aplica para ciertos extranjeros elegibles que cumplen con los requisitos con base en la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (Foto: Freepik)
Este formulario únicamente aplica para ciertos extranjeros elegibles que cumplen con los requisitos con base en la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (Foto: Freepik)

USCIS ACTUALIZÓ EL FORMULARIO

Con los recientes cambios, USCIS ha actualizado el formulario I-881. A partir del 24 de abril, solo se aceptarán solicitudes que usen la versión con fecha 01/20/25 impresa en la parte inferior. Además, el trámite solo puede hacerse en formato físico (no digital) y tiene un costo de US$340, que deberá acompañar la solicitud.

Frente al clima de incertidumbre y las amenazas de deportaciones masivas, lo mejor que pueden hacer los migrantes elegibles es informarse y actuar con tiempo. Este formulario no garantiza la permanencia automática, pero es una poderosa defensa legal cuando se usa correctamente y con asesoría especializada.

SOBRE EL AUTOR

Periodista con experiencia en redacción y creación de contenido digital. Soy licenciado de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Trabajé en medios de comunicación y agencias de marketing. Experiencia también como fotógrafo en campos deportivos.