
Es una medida obligatoria para los solicitantes cuyo caso sigue pendiente y se ha vuelto el tema de conversación los primeros días de mayo entre inmigrantes de EE.UU. y también motivo de confusión porque un error u falta de pago puede traer consecuencias negativas con inmigración. Y es que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, conocido como USCIS por sus siglas en inglés, implementará nuevas sanciones inmediatas a quienes incumplan con el pago de la cuota anual de asilo de $102 (ajustada por la inflación), algo que afecta a casi 4 millones de solicitudes pendientes. Según advirtió el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), si estás en Estados Unidos y llevas más de un año esperando respuesta, es importante que no olvides el abono de la tarifa anual de asilo (AAF) que se debe realizar dentro de los 30 días desde que se recibió la notificación para no poner en riesgo tu caso en USCIS o corte de inmigración, ni tu permiso de trabajo; en ese sentido, ¿te ha pasado que tienes muchas dudas sobre el abono que te corresponde realizar? Aquí te explico 13 preguntas clave y sus respuestas como quién tiene que pagar, cuándo vence, cómo pagar, si hay exenciones disponibles y qué sucede si no puedes pagarlo para entender este requisito que entrará en vigor este 29 de mayo de 2026.
Nuevo requisito obligatorio de USCIS: pago de la tarifa anual de asilo (AAF)
El 28 de abril de 2026, el DHS anunció la regla final provisional de la Ley H.R.1 (One Big Beautiful Bill Act). Con esto, el gobierno de Estados Unidos implementará una tarifa anual obligatoria para solicitantes de asilo mientras el caso esté pendiente y las consecuencias de no hacerlo entran en vigor este 29 de mayo. El monto actual es de $102 por año (establecida originalmente en $100 pero ajustada para el año fiscal 2026 debido a un ajuste por inflación), algo que aplica a casos activos ante USCIS o la corta de inmigración.
Esto quiere decir que cada año calendario que tu solicitud de asilo (Formulario I-589) esté pendiente, tienes que pagar la Tarifa Anual de Asilo.
Para esto, USCIS te mandará una notificación. Desde el momento en que la envían, tienes 30 días para pagar en línea. No 30 días desde que tú abres el sobre, sino desde que ellos la remitieron. Por eso es tan importante que tu dirección esté actualizada.
Esta disposición del Gobierno es una manera de aumentar los ingresos que posibiliten operativos migratorios de acuerdo a la Ley de Reconciliación HR 1 de 2025 (Ley Unificada) y establecer que los solicitantes cubran ciertos costos del sistema.

13 preguntas claves del fee anual para no perder tu caso en USCIS o corte de inmigración
- ¿Quién debe pagar la tarifa de $102? - Solicitantes de asilo (afirmativo o defensivo en corte) cuyo formulario I-589 ha estado pendiente por más de 365 días.
- ¿Tengo que pagar todos los años? - SÍ, debes pagar cada año mientras tu caso esté pendiente.
- ¿Cuánto tiempo tengo para pagar? - 30 días desde la notificación o fecha de aviso.
- ¿Qué pasa si no pago? - puedes tener consecuencias graves como: rechazo o cierre del caso, pérdida del permiso de trabajo, riesgo de proceso de deportación.
- ¿Cómo sé cuál es la fecha de aniversario? - Según USCIS, la fecha de aniversario que corresponde pagar es la del ‘Filing date’ de tu caso.
- Si en mi caso somos 3 personas, ¿debo pagar por cada uno? - NO, se paga por caso de asilo o solicitud (I-589), no por cada derivado; sin embargo, si un hijo tiene una solicitud separada, SÍ se paga aparte.
- Si estoy en corte de inmigración, ¿también debo hacer este pago? - SÍ, todos los aplicantes de asilo, ya sea ante USCIS o corte de inmigración, están obligados a abonar los $102.
- Si ya hice el pago este año, ¿debo hacerlo nuevamente? - NO, el pago es anual, una vez por año.
- ¿USCIS notificará cuándo me corresponde pagar? - SÍ, la agencia federal enviará notificaciones a quienes deban pagar.
- ¿Me enviarán un recibo al pagar? - Depende. Si el pago fue con USCIS, sí lo recibirás en las siguientes semanas si tienes tu dirección actualizada; pero si lo hiciste ante la corte, NO, lo que debes hacer es imprimirlo al momento y guardarlo ya que ellos no enviarán luego una copia al email ni a tu dirección y lo necesitarás para notificar a la corte y al fiscal de tu pago.
- ¿Cómo se realiza el pago? - Es en línea a través de la página oficial de USCIS o EOIR. Se recomienda usar una tarjeta de crédito o débito emitida por un banco estadounidense.
- ¿Qué debo hacer después de pagar? - Es crucial guardar el comprobante de pago (Tracking ID), ya que es la prueba de cumplimiento.
- ¿Puede aumentar la tarifa? - SÍ. La tarifa se ajusta anualmente por inflación. Comenzó en $100 y actualmente es $102 para el año fiscal 2026. Espere un ligero aumento cada año.

La forma más segura de pagar la tarifa de asilo de $102 y evitar errores
“Lo más importante es saber dónde está su caso, si está con la corte de inmigración o con la oficina de inmigración. Al asegurar dónde está su caso veremos cuánto tiempo lleva pendiente. Si ya lleva más de un año, se puede ingresar directamente a las páginas correspondientes del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos o la corte de inmigración para realizar esos pagos”, explicó la abogada Kelley Ortega a Telemundo44.
Ella también recalcó que si un solicitante se equivoca al realizar el abono o no lo hace, “ese sería un error fatal para su caso. Si la tarifa se presenta en el lugar equivocado o no se presenta a tiempo, el caso se asilo podría ser rechazado totalmente, lo que lo expone a una orden de deportación”.
Para identificar que la notificación que llegó es legítima y no se trata de una estafa, la experta aconseja que “una de las mejores maneras de hacerlo es consultarlo con su abogado, llevar esa notificación a él o ella. Pero si es una notificación que viene del Servicio de Inmigración, tendrá un parecido muy similar a la correspondencia que ya ha recibido y coincidirá su nombre, su número de archivo y su número de recibo de la propia solicitud indicará la oficial de asilo correspondiente que lleva el caso. Si es una notificación de la corte, tendrá el encabezado, el membrete de la corte y la firma de un juez que lleva el control de su caso”.
“Lo más importante es mantener la calma, revisar su caso, ver cuánto tiempo lleva pendiente y asegurar que su dirección esté actualizada por si le llega una notificación sea al lugar correcto”, recomendó Kelley Ortega.
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