
A partir del 29 de mayo de 2026, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, conocido como USCIS por sus siglas en inglés, implementará nuevas sanciones inmediatas a quienes incumplan con el pago de la cuota anual y obligatoria de asilo de $102 (ajustada por la inflación), algo que afecta a casi 4 millones de solicitudes pendientes y que estuvo en pausa temporalmente a causa de una demanda interpuesta por miembros de ASAP. Este abono de la tarifa anual de asilo (AAF) se debe realizar dentro de los 30 días desde que se recibió la notificación para no tener consecuencias graves, tal como advirtió el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Si estás en Estados Unidos y llevas varios meses esperando una respuesta, es importante que estés al tanto de todo lo necesario para no tener complicaciones ni poner en riesgo tu caso ni tu permiso de trabajo como inmigrante. Aquí la información que debes tener a la mano.
Nuevo requisito obligatorio de USCIS: lo que cambia desde el 29 de mayo
El 28 de abril de 2026, el DHS anunció la regla final provisional de la Ley H.R.1 (One Big Beautiful Bill Act). Con esto, el gobierno de Estados Unidos implementará una tarifa anual obligatoria para solicitantes de asilo mientras el caso esté pendiente y entra en vigor este 29 de mayo y el monto actual es de $102 por año, algo que aplica a casos activos ante USCIS o la corta de inmigración.
Esto quiere decir que cada año calendario que tu solicitud de asilo (Formulario I-589) esté pendiente, tienes que pagar la Tarifa Anual de Asilo.
Para esto, USCIS te mandará una notificación. Desde el momento en que la envían, tienes 30 días para pagar en línea. No 30 días desde que tú abres el sobre, sino desde que ellos la remitieron. Por eso es tan importante que tu dirección esté actualizada.
Esta disposición del Gobierno es una manera de aumentar los ingresos que posibiliten operativos migratorios de acuerdo a la Ley de Reconciliación HR 1 de 2025 (Ley Unificada) y establecer que los solicitantes cubran ciertos costos del sistema.

¿A quién afecta?
- Si se tiene un Formulario I-589 pendiente, es decir, una solicitud de asilo en trámite.
- Si se tiene Estatus de Protección Temporal (TPS), aquí cambia el período de tu permiso de trabajo.
- Si vas a presentar el Formulario I-102, en reemplazo de I-94 ahora se paga $24 adicionales.
¿Qué pasa si no pagas la tarifa anual de asilo?
Al no realizar el pago dentro de los 30 días desde la notificación, las consecuencias son inmediatas en Estados Unidos, tal como alertó el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), por lo que no es algo que puedas dejar para después:
- Rechazo automático de la solicitud de asilo.
- Cierre del paso pendiente.
- Pérdida del proceso en curso.
- Cancelación inmediata del permiso de trabajo vigente.
- Denegación de solicitudes en trámite (I-765)
- El gobierno puede iniciar un proceso de deportación si no tienes un estatus legal.

Qué hacer antes del 29 de mayo si tienes un caso de asilo pendiente
- Actualiza tu dirección con USCIS usando el Formulario AR-11: esto es lo más importante porque si te mudaste y no actualizaste, no vas a recibir el aviso a tiempo y los 30 días corren igual.
- Revisa si ya recibiste la notificación de pago: entra a tu cuenta en USCIS.gov y verifica que tu correo y tus datos estén correctos.
- Cumple con los plazos establecidos.
- Consulta tu caso antes de tomar decisiones: siéntate con un abogado y revisa si calificas para alguna otra forma de alivio paralela o exención si llevas más de 3 años con el caso pendiente.
Paso a paso para revisar tu tarifa anual de asilo en EE.UU.
Sigue estos pasos para comprobar tu estatus:
- Ingresa al portal de pagos de USCIS (puedes buscar en Google: “pay my asylum fee online”).
- Introduce tu información personal.
- Revisa el estado de tu tarifa.
- Si te toca pagar: verás un botón azul que dice “Pay and Submit” (Pagar y enviar).
- Si aún no te toca: aparecerá un mensaje indicando que no se requiere el pago por ahora.
Aquí es importante tener en cuenta que si tu caso está en una oficina de asilo, es afirmativo y se debe pagar en USCIS; pero si tu caso está ante un jueza de inmigración, entonces es defensivo y debes pagarlo ante la corte de inmigración.
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