Colombia: primera condena por injuria en un foro de Internet
Colombia: primera condena por injuria en un foro de Internet
Redacción EC

Bogotá, EFE

Un internauta de la ciudad colombiana de Cali se convirtió en el primer ciudadano del país andino en ser condenado por la justicia por injuriar a una funcionaria en un comentario en la edición digital de un periódico, informaron hoy medios locales.

Gonzalo López deberá pagar una pena de 18 meses y 20 días de prisión así como una multa de 9,5 millones de pesos (5.200 dólares), que le fue impuesta por el Tribunal Superior de Cali y ratificada por la Corte Suprema de Justicia.

El caso se remonta al 26 de noviembre del 2008 cuando López utilizó palabras como "rata" o "ladrona" en un foro de la edición electrónica del diario El País de Cali al comentar un artículo titulado "Siguen capturas por cartel de becas en Emcali".

López, que era un comentarista anónimo, se refería a la ex gerente Administrativa y de Recursos Humanos de la Empresas Municipales de Cali (Emcali), Gloria Lucía Escalante.

La funcionaria entabló una demanda en contra de López ante la Fiscalía y en la investigación se logró identificar al comentarista por su dirección de computadora (I.P.).

Según el mismo periódico, la determinación de la Corte Suprema de Justicia en este caso se da luego de que el Tribunal Superior de Cali revocara la absolución de López, hecha por el Juzgado Décimo Penal Municipal con funciones de conocimiento, y a la vez lo condenara por el delito de injuria.

Agrega que en un primer momento, el Juzgado Décimo absolvió a López porque supuestamente la Fiscalía no había demostrado plenamente que él fuera el autor del comentario.

Sin embargo, la Fiscalía apeló esta decisión ante el Tribunal Superior de Cali, el cual sí avaló las pruebas contra López como autor del comentario.

De todos modos la Sala de Casación de la Corte Suprema recordó que López aún puede presentar un mecanismo de insistencia sobre su demanda de casación. Sin embargo, no hay garantías de que tras este recurso la demanda sea admitida por la Corporación.

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