La ley 1774 de 2016 establece que los animales son seres sintientes, pero al mismo tiempo son bienes inmuebles. Foto: iStock, vía El Tiempo de Colombia/ GDA
La ley 1774 de 2016 establece que los animales son seres sintientes, pero al mismo tiempo son bienes inmuebles. Foto: iStock, vía El Tiempo de Colombia/ GDA

Medellín. Lo que comenzó como una conciliación de rutina en una comisaría de familia de   abrió este jueves una controversia jurídica sin precedentes en . La razón, el rompimiento de la relación de una pareja que vivía en unión libre desde 2013 y tuvo que acudir a una comisaría de familia para conciliar la tenencia de su .

Esta historia comenzó cuando la pareja de novios rescató de un albergue a un perro maltratado. Como muchos otros, habían decidido no tener hijos, y en su deseo de cuidar al animal lo rodearon de todo tipo de cuidados, lo que implicó el pago de un adiestrador, paseadora, guardería, servicios de salud, funeraria y dietista, entre otros.

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Aunque después del rompimiento la pareja ya había acordado cómo compartir la custodia del animal, a finales del año pasado uno de ellos consiguió trabajo en otra ciudad.

El cariño de ambos por el perro era tal, que ninguno quiso entregarle el animal completamente al otro, por lo que acudieron a la comisaría de familia de Belén, al suroccidente de Medellín.

Al final, acordaron que uno de ellos tendrá la mascota por dos semanas y el otro por una, repartiéndose los gastos y figurando ambos como dueños.

En este punto aparece el mayor lío, ya que en Colombia las comisarías no acostumbran a hacer conciliaciones para resolver el futuro de las mascotas.

Expertos en el tema explicaron que el procedimiento habitual contempla que, de tratarse de un niño o un bien, de no lograrse conciliar, el caso escalaría a un juez de familia. Pero como el país no cuenta con una ley para dirimir este tipo de casos, el juez se vería en la obligación de devolver el proceso.

Además, la aparición de la Ley 1774 de 2016 estableció que los animales son seres sintientes, pero al mismo tiempo son bienes inmuebles.

Expertos jurídicos le explicaron a EL TIEMPO que no hay ninguna ley ni ningún pronunciamiento de la Corte Constitucional, para dirimir esa clase de conflictos.

Bajo esa lógica, el comisario que atendió el caso, decidió aceptarlo bajo el contexto de la ley 640 de 2001, que establece las normativas de las conciliaciones. Así evitó que el caso entrara en un laberinto jurídico en donde la Corte Constitucional tendría la última palabra, pero al mismo tiempo estableció el primer precedente conocido de una conciliación por la tenencia de un animal.

La decisión causó controversia entre varios comisarios de la ciudad, ya que deja varias preguntas en el aire: ¿puede un animal volverse parte de la familia, o sigue siendo un inmueble? ¿Cómo deberán actuar de hoy en adelante los demás comisarios de familia que se enfrenten a casos parecidos?

Este diario intentó conocer la opinión del comisario que tomó la decisión, pero dada la controversia desatada y por órdenes de la Secretaría de Seguridad de Medellín, se abstuvo de dar declaraciones.

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