El ha aprobado un nuevo Reglamento de Intervenciones (RIA) y es probable que tenga un impacto negativo en los proyectos de inversión, por lo menos en tanto no se definan los criterios y candados necesarios para generar predictibilidad.

El RIA regula los procedimientos y requisitos para obtener los permisos arqueológicos que los proyectos de inversión requieren. El RIA derogado era del 2014 y requería de ciertos ajustes; no obstante, se optó por aprobar uno nuevo, sin prepublicación previa y con vigencia inmediata.

De acuerdo con el nuevo RIA, el CIRA ahora se llama CIRAS, y los Informes Finales se llaman Informes de Resultados. Sin embargo, también contiene modificaciones sustantivas y especialmente referidas a los Proyectos de Rescate Arqueológico (PRA), que son intervenciones que buscan mitigar el impacto de los proyectos de inversión que, de forma ineludible o por razones de interés nacional, requieren utilizar áreas con evidencias arqueológicas. Los PRA son una práctica arqueológica común y aceptada a nivel mundial. El nuevo requisito supedita la autorización de un PRA a la categorización del sitio arqueológico, pero el nuevo RIA no define a qué se refiere con “categorización”. Por otro lado, a diferencia del RIA derogado, ya no se podrá solicitar un PRA durante la ejecución de un Proyecto de Evaluación Arqueológica, lo que brindaba un respiro a los cronogramas de los proyectos.

También se modifica el criterio del marco circundante de los sitios arqueológicos. De acuerdo con la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el marco circundante rodea y protege al inmueble cultural –como una suerte de zona de amortiguamiento podríamos decir– y es determinado técnicamente en cada caso. El RIA derogado establecía que el Ministerio de Cultura iba a determinar los criterios técnicos aplicables para definir el marco circundante, pero ello no sucedió. Por su parte, el nuevo RIA se aparta de la definición de la ley y establece que el marco circundante ahora ya no rodea al sitio arqueológico, sino rodea a su zona nuclear y además forma parte de su área intangible, con las consecuencias jurídicas que ello implica. Preocupa que el nuevo RIA no establezca los criterios técnicos y límites para la delimitación del marco circundante. Es decir, ¿ya no se tendrá que verificar la existencia de evidencias arqueológicas para establecer áreas intangibles?

También se ha tomado la decisión de no continuar con la implementación del Catastro Arqueológico Nacional en la forma de un proyecto de inversión pública. Ello es lamentable, pues el catastro no solo constituye una herramienta de protección y de ordenamiento territorial, sino también de simplificación administrativa, pues los CIRAS dejarían de ser necesarios.

De acuerdo con información proporcionada por el Ministerio de Cultura, la intención del nuevo RIA es, por el contrario, facilitar y simplificar los procedimientos. Esperemos que a la brevedad posible se realicen las precisiones normativas necesarias para generar predictibilidad y seguridad jurídica, tanto para el funcionario público que debe tomar decisiones importantes sin miedo, como para los proyectos de inversión y la ciudadanía en general. La coyuntura de nuestro país así lo exige.

Juan Pablo de la Puente Brunke es abogado y exviceministro de Cultura