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Evidencia para las políticas laborales, por Miguel Jaramillo Baanante

“Le corresponde al ministro Christian Sánchez descender de la filosofía e impulsar políticas basadas en evidencia rigurosa”.

En ausencia de una reforma laboral que ayude a reducir los niveles de informalidad, es poco lo que se podrá conseguir en el campo de la protección social. (Foto: Oscar Roca/El Comercio)
En ausencia de una reforma laboral que ayude a reducir los niveles de informalidad, es poco lo que se podrá conseguir en el campo de la protección social. (Foto: Oscar Roca/El Comercio)
Miguel Jaramillo Baanante

mjaramillo@comercio.com.pe

Actualizado el 08/05/2018 a las 23:30

En una reciente entrevista para este Diario, el ministro de Trabajo, Christian Sánchez, se ha referido a un estudio de nuestra autoría. El estudio evalúa los efectos de la reforma del contrato laboral impulsada por el Tribunal Constitucional (TC) en el 2001 sobre la elección del tipo de contrato de trabajo y el bienestar de los trabajadores. El estudio muestra que los efectos han sido exactamente opuestos a los que animaron a los legisladores, generando bastante menos estabilidad, además de mermar sus ingresos en más de S/6.000 millones anuales y reducir su posibilidad de actuar colectivamente a través de un sindicato. Los resultados son importantes puesto que deterioran el bienestar de aquellos que el ministro y quienes nos preocupamos por los temas laborales queremos proteger, los trabajadores.

Más allá de disquisiciones filosóficas crípticas, el ministro pone en duda que estos efectos sean causados por el citado fallo y sugiere que podrían ser causados por la reforma de 1991 o por “productividad, bajos niveles de comunicación, falta de una política estatal y potenciar este ministerio [de Trabajo] para que investigue”. Además de no ser nada claro el vínculo conceptual entre estos últimos factores y la elección de tipo de contrato por parte de las empresas, es difícil entender qué cambio suficientemente dramático sufrió alguno de estos factores en el período de análisis como para impulsar tan vigoroso crecimiento en el uso de los contratos temporales. En contraste, el tema de que los efectos que identificamos podrían estar asociados a la reforma de 1991 y no al fallo del TC sí amerita consideración.

La evidencia que propone el ministro para sustentar su escepticismo es que luego de la reforma de 1991 la contratación temporal subió y que luego del fallo “sigue subiendo”. Esto es cierto solo parcialmente. En efecto, la reforma de 1991 introdujo nuevas modalidades contractuales y facilitó su uso. Como se podría esperar, el uso de contratos temporales creció desde niveles muy bajos. En el gráfico incluido en este artículo presentamos la serie más larga que se puede construir sobre uso de modalidades contractuales. La serie es consistente con los contratos temporales registrados por el Ministerio de Trabajo en el país desde 1993; el lector interesado en detalles metodológicos puede consultar nuestro estudio. Como se puede observar, la contratación temporal crece a partir de 1992, pero luego de 1996 se estanca en alrededor del 50%. De hecho, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Hogares, la proporción de contratos temporales desciende ligeramente entre 1997 y el 2001. Después del 2001, como reacción al fallo, crece fuertemente.

(Ilustración: El Comercio).
(Ilustración: El Comercio).

Que la reforma de 1991 impulsó el uso de contratos temporales parece una idea razonable, aunque establecer una relación causal requeriría considerar cambios estructurales concurrentes como: una profunda reforma comercial, reducción del empleo público, restricciones de acceso al crédito, privatización de empresas públicas, que podrían también haber afectado esta tendencia. En cualquier caso es claro que para el año 1997, cuando comienza el periodo contra el cual estimamos el efecto del fallo, ya la proporción de contratos temporales se había estabilizado, situación que cambia drásticamente luego del fallo del TC, como se puede apreciar en el gráfico adjunto.

Hace un tiempo, en un estudio con su viceministro Fernando Cuadros y Álvaro Vidal, el ministro argumentaba sobre la necesidad de evaluaciones rigurosas para sustentar las políticas públicas. La vía que siguió el TC en el 2001 para reformar el contrato laboral va precisamente en la dirección opuesta: cero atención a la evidencia. Le corresponde ahora al ministro descender de la filosofía e impulsar políticas basadas en evidencia rigurosa. Los trabajadores, actuales y futuros, serán los principales beneficiarios.

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