(Ilustración: Giovanni Tazza)
(Ilustración: Giovanni Tazza)
Pablo Sánchez Velarde

La colaboración eficaz constituye un instrumento procesal moderno de singular importancia en las investigaciones contra la criminalidad organizada y sus distintas manifestaciones. De hecho, se ha convertido en el mejor aliado de los fiscales para desbaratar organizaciones criminales, saber su modus operandi, conocer y capturar a jefes o cabecillas y demás partícipes, obtener pruebas de delitos, recuperar bienes, conocer rutas de dinero ilícito y la ubicación de armas o víctimas secuestradas, etcétera.

Su lógica es simple: el colaborador proporciona pruebas o información importante a favor de la investigación, y se beneficia con una reducción de la pena o sin sanción penal. A mayor información, mayor es el beneficio.

Es un proceso especial, con normatividad propia. Tiene tres etapas principales: de conversaciones previas y entrega de información, de corroboración de la misma por el fiscal y de aprobación judicial (con sentencia) o desaprobación.

Naturalmente, la información o pruebas proporcionadas deben ser oportunas y eficaces. Asimismo, deben ser preferentemente nuevas e importantes, y sujetas a comprobación fiscal (la misma que, por su inmediatez, puede generar la ampliación de la investigación u otras nuevas, propiciando los pedidos de prisión y embargos, si fuere necesario).

No se requiere que la colaboración se cierre judicialmente para que la información y las pruebas puedan ser utilizadas. En caso contrario, no sería oportuno ni eficaz y sí tardío. El paso necesario radica en la verificación y la inmediatez de las acciones propias que la fiscalía requerirá al juez.

La experiencia judicial juega un rol importante y se utilizó mucho en las investigaciones contra Vladimiro Montesinos y personas vinculadas a él. Este instrumento involucra un trabajo reservado, acuerdos previos, verificaciones, policía especializada, procuraduría de alto nivel, aprobaciones judiciales y resultados relevantes.

En el pasado, se contó con una colaboradora muy efectiva (que se hizo luego conocida). También se permitió la captura de un empresario conocido por la policía como ‘Gordo’ escondido en una clínica privada. Otro colaborador, como muestra de su buena voluntad, devolvió algunos millones de dólares, pero no logró beneficios al tratarse de un jefe. El subsistema anticorrupción se prestigió.
Pero no aprendimos la lección. Ahora investigamos otros casos graves que colocan a ex altos funcionarios en el foco de la corrupción internacional.

La corrupción se incardina en todos los delitos y comprende a estamentos públicos y privados, incluyendo a políticos, algunos de los cuales podrían sentir obvia preocupación. Entonces, ¿por qué no acudir a la colaboración eficaz? ¿Por qué el agente que está en la cárcel, o que podría estarlo pronto, pasaría el resto de su vida privado de la libertad, sin familia, sin trabajo, sin nombre y sin nada, si puede lograr beneficios “colaborando” con la justicia? ¿Por qué dejaría que el corrupto siga siéndolo mientras él está en la cárcel? Depende del colaborador.

El fiscal dirige el proceso y toma decisiones. Es erróneo afirmar que todo gira alrededor del colaborador, el que piensa así desconoce y especula. El colaborador y su defensor saben muy bien a lo que se comprometen y también que la decisión final del acuerdo al que lleguen corresponde al juez.

Este proceso va en paralelo al principal. Aprobado el primero, no continúa el segundo. Las conversaciones y acuerdos solo comprenden la esfera penal. Ahora los jefes y cabecillas también se pueden beneficiar, y puede comprender casos que investigan otros fiscales.
El acuerdo sobre los delitos y la pena lo realiza el imputado y su defensa con el fiscal. Asimismo, la reparación civil se acuerda con la parte agraviada, y pasa por el control judicial en audiencia especial. Aprobada y dictada la sentencia, los efectos beneficiarios son inmediatos. El colaborador está obligado a cumplir las reglas impuestas y declarar cada vez que sea citado, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio.

La colaboración eficaz llevada con prudencia y firmeza permite poner en evidencia al corrupto y sus cómplices. La fiscalía sabe que hay interés público, y que existe la necesidad de conocer pronto lo sucedido, pero debe actuar sobre seguro y cuidar la reserva, que a veces se afecta por una primicia o una especulación o interés particular.

La fiscalía está haciendo su trabajo, es su responsabilidad. En su momento, todo se conocerá.