Castración química. (Foto referencial: PhotoLizM en Pixabay. Bajo licencia Creative Commons)
Castración química. (Foto referencial: PhotoLizM en Pixabay. Bajo licencia Creative Commons)
Editorial El Comercio

Pocas noticias pueden estremecer más que la que da cuenta de un sujeto que ha violado a un menor de edad. Y la repugnancia que puede generar un hecho tan atroz como este no puede compararse con el sufrimiento que experimenta la víctima y sus familiares.

Constantemente, somos testigos de espeluznantes casos de cometidos contra menores de edad, muchas veces perpetrados por un familiar de la víctima o una persona integrante de su entorno más íntimo. Y frente a ello, ha surgido un importante número de iniciativas legislativas destinadas a combatir este crimen.

Este jueves, precisamente, se sometió al pleno del un texto sustitutorio elaborado por la Comisión de Justicia que incluía una serie de propuestas contempladas en 21 proyectos de ley relacionados con el delito de violación sexual. Entre las medidas aprobadas en primera votación se encuentra la agravación de las penas aplicables a cadena perpetua cuando las víctimas son menores de 14 años, la prohibición permanente a los condenados por estos delitos de desempeñar labor docente en el ámbito público o privado, y la imprescriptibilidad de estos crímenes.

Sin embargo, la propuesta que causó mayor controversia y una votación favorable con menos margen (64 votos a favor, 23 abstenciones y 7 en contra) fue aquella que faculta a un juez a sancionar con a los violadores de menores de 14 años de edad.

Las razones expuestas entre los objetantes de esta medida no son menores. En primer lugar, la efectividad de la castración química para reducir significativamente las violaciones sexuales es cuestionada por diversos expertos. Ello tiene sentido si se toma en cuenta que se trata de un procedimiento reversible y que muchas agresiones sexuales ocurren por causas distintas a la excitación sexual y a la liberación de aquellas hormonas que el tratamiento médico de la castración química busca inhibir. Por ello, en algunas jurisdicciones donde existe esta medida, esta es voluntaria y aplicable cuando existe un riesgo de reincidencia para quien va a salir en libertad después de cumplir toda o parte de su condena.

Tampoco parecen haber sido tomados en cuenta los gastos que traería la aplicación de esta medida. Y esto no sorprende, puesto que no se sabe todavía cómo se aplicaría: de acuerdo con el impulsor del proyecto, Yonhy Lescano, “eso lo verá en su momento el equipo técnico del Ministerio de Salud”. Según cálculos, si se optara por castración mediante inyecciones, tendríamos que el costo de cada aplicación sería de aproximadamente US$300 y estas tendrían que ser administradas trimestralmente a cada sentenciado por violación.

En el debate legislativo –de apenas dos horas– lamentablemente los parlamentarios han preferido no dar el valor merecido a los argumentos que llaman a la cautela. Una actitud que explica que la decisión tomada finalmente haya ido en contra de la opinión desfavorable del Ministerio de Salud, el Ministerio de Justicia y la Defensoría del Pueblo. Esta última ha mostrado su preocupación ya que considera que la medida violaría pactos internacionales suscritos por el Perú, como la Convención Americana de Derechos Humanos. El Ministerio de Justicia, por su parte, consideró la castración química contraria a “los principios más elementales de la ética médica”.

Para luchar contra un flagelo tan grave como el de las violaciones sexuales se requieren reacciones menos explosivas o demagógicas, pero sí más inteligentes de parte de los legisladores. Y para ello harían bien en escuchar a los expertos de la ciencia médica, criminología y ciencias sociales que puedan identificar las causas de este tipo de agresiones y las mejores herramientas para combatirlas.