(Foto: Agencia Andina)
(Foto: Agencia Andina)
Editorial El Comercio

Hace dos días, el declaró inconstitucional, por unanimidad, la resolución aprobada por el el 8 de marzo pasado sobre la , las crisis totales del Gabinete y la disolución del Parlamento. “El Congreso ha excedido la facultad que le otorga la Constitución de autonormarse, a través de su reglamento, pues tal atribución es para materias propias de su funcionamiento; no para regular y restringir competencias constitucionales propias del presidente de la República o los ministros de Estado”, argumentó el titular de esa institución, Ernesto Blume, en la conferencia de prensa en la que anunció la decisión.

Y lo primero que cabe preguntarse ante un razonamiento tan llano es si acaso la mayoría legislativa que aprobó la resolución en su momento no estaba en capacidad de anticipar esa lógica; máxime si ya entonces había voces que advertían sobre el problema en ciernes y su probable desenlace.

Alguien podría retrucar, desde luego, que para eso existe precisamente el TC, pues lo que a veces luce de una legalidad meridiana para unos, para otros resulta abstruso y por lo menos dudoso. Y, en general, habría que darle la razón… pero no sin antes subrayar el valor de la locución ‘a veces’.

Las intervenciones del referido cuerpo de magistrados, en efecto, deberían hacerse necesarias solo en casos excepcionales y cuando la materia en disputa se moviese en una zona gris. Ocurre, sin embargo, que en lo que lleva la actual representación nacional de instalada –algo menos de dos años y medio– la frecuencia con la que el TC ha tenido que pronunciarse para desactivar o interpretar decisiones suyas de enorme gravitación política ha sido inusitada.

Aparte del caso que motiva esta reflexión, conviene recordar en ese sentido lo sucedido con la ley antitránsfugas (que, entre otras cosas, prohibía a los legisladores que renunciasen a sus bancadas o fuesen separados de ellas sumarse a alguna otra e integrar la Mesa Directiva del Congreso) y con la llamada ley Mulder (que prohibía la publicidad estatal en medios privados).

La primera fue aprobada por el Parlamento en octubre del 2016 y declarada inconstitucional en parte por el TC en setiembre del 2017; y la segunda cumplió ese mismo destino entre junio y octubre de este año. Es decir, si añadimos a esto lo que acaba de producirse a propósito de las cuestiones de confianza y las crisis de Gabinete, tenemos un auténtico tres en raya.

A ello habría que agregarle la interpretación de julio de este año a la resolución legislativa sobre la bancada mixta aprobada por el Legislativo en setiembre del 2017, en la que el tribunal estableció que el artículo 1 de esa resolución era constitucional “siempre que el artículo 37 del Reglamento del Congreso de la República se interprete en el sentido de que no está prohibida la renuncia de los congresistas de las agrupaciones políticas en el supuesto de disidencia por razones de conciencia debidamente justificadas”. En la práctica, un corsé que impedía los desbordes de inconstitucionalidad que la medida entrañaba en germen.

¿Qué es lo que sugieren tantas enmendaduras de plana al Legislativo sobre asuntos de gran envergadura en un tiempo relativamente tan corto? Pues que la calidad normativa de las decisiones de esta particular conformación parlamentaria está en entredicho. No por gusto, el nuevo vocero de la bancada de Fuerza Popular, Carlos Tubino, ha aseverado que las sucesivas declaraciones de inconstitucionalidad deberían llevarlos “a reflexión”.

Quedan por definir, ciertamente, las razones que podrían haber conducido a la mayoría congresal a tan pobre discernimiento en cada caso. ¿No comprendían sus integrantes los problemas de consistencia constitucional de las normas que estaban aprobando? ¿Eran conscientes de esos problemas pero pensaban que el TC podía sentirse apocado ante su fuerza y dejarlos pasar sin inmutarse? ¿O querían por alguna razón aprovechar aunque sea la breve vigencia de las resoluciones que en el fondo sabían condenadas a la desactivación?

Escoja el lector la explicación que más lo convence, pero la verdad es que todas son desalentadoras.