Expertos coincidieron en que el fallo del caso del economista peruano Óscar Ugarteche es un precedente relevante, ya que había priorizado el derecho a la igualdad de las parejas LGBTI sobre un concepto como el del matrimonio. (Foto: Archivo)
Expertos coincidieron en que el fallo del caso del economista peruano Óscar Ugarteche es un precedente relevante, ya que había priorizado el derecho a la igualdad de las parejas LGBTI sobre un concepto como el del matrimonio. (Foto: Archivo)
Fernando Alayo Orbegozo

La justicia peruana se ha pronunciado en distintas ocasiones sobre los derechos fundamentales de las personas LGBTI, tal como lo ha hecho la Corte de San José en su reciente opinión consultiva.

En noviembre del 2016, el Tribunal Constitucional (TC) modificó los criterios para el reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas trans en el Perú y estableció que el transexualismo “no debe ser considerado como una patología”.

Así lo determinó en su sentencia N°6040-2015, que respondió a una acción de amparo presentada por el ciudadano Rodolfo Romero Saldarriaga, quien solicitó ante el órgano constitucional que se reconociera su nueva identidad femenina en el DNI.

—El Caso Ugarteche—
En enero del 2017, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima ordenó al Reniec reconocer e inscribir en el Perú el matrimonio entre el economista peruano Óscar Ugarteche y el ciudadano mexicano Fidel Aroche, celebrado en México.

El juicio se inició luego de que la entidad negara la inscripción del nuevo estado civil de Ugarteche, aduciendo que el Código Civil peruano solo permitía el matrimonio entre “un varón y una mujer”.

En primera instancia, el juzgado consideró que dicho código “no se ha adaptado a cambios sociales” como el matrimonio homosexual.

Concluyó que la razón por la cual el Reniec denegó el registro del matrimonio Ugarteche-Aroche “es porque fue celebrado entre personas homosexuales”, lo que “resulta discriminatorio y contrario a la Constitución”.

Expertos coincidieron en que el fallo era un precedente relevante, ya que había priorizado el derecho a la igualdad de las parejas LGBTI sobre un concepto como el del matrimonio. El Reniec apeló la sentencia y el caso se verá en la Corte Superior de Lima. Fuentes de El Comercio indicaron que dicha instancia resolvería el proceso judicial este mes. 

-Decreto en discusión-
En enero del 2017, se promulgó el Decreto Legislativo 1323, que endurecía las penas por feminicidio y violencia familiar y de género. Luego, el Congreso derogó parcialmente la norma, y anuló la tipificación como delito de la discriminación por género y orientación sexual. Tras ello, se presentaron al menos dos proyectos de ley que rectificaban tal derogación. Aún no se debaten.

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