(Foto: Cortesía)
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La Segunda Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura, mediante la resolución N° 14, revocó la prisión preventiva para 16 de 17 investigados de una presunta organización criminal que se habría encargado de entregar ilegalmente brevetes en esta región desde la Dirección Regional de Transportes, entidad que depende del Gobierno Regional de Piura.

Solo a uno de los acusados se le confirmó la prisión preventiva por 9 meses; el resto afrontará este proceso con comparecencia restringida.

Los magistrados Mario Reyes Puma y Laurence Chunga Hidalgo coincidieron que en el presente caso no se cumplen todos los presupuestos para la prisión preventiva: fundados y graves elementos de convicción, que la pena probable a imponer sea mayor a cuatros años, y que exista peligro de fuga o peligro procesal. Los magistrados dijeron que la Fiscalía no ha logrado –hasta el momento– probar el delito de organización criminal.

La resolución señala que no se puede hablar del delito de organización criminal, pues cuando ocurrieron los hechos denunciados (abril 2015) este delito no existía. Recién se le tipifica el 29 de octubre de 2016. Cuestionaron, asimismo, que la fiscalía no lograra probar la estructura y jerarquía, así como el reparto de roles de la presunta organización criminal.

Los liberados
La resolución favorece a Mitchel Julca García (ex jefe de la División de Licencias de la Dirección Regional de Transportes de Piura y presunto cabecilla de la mafia) y Gladys Echevarría de García (ex jefa de la Unidad de Circulación y Seguridad Vial). Ambos deberán pagar S/ 5 mil de caución y someterse a reglas de conducta.

Otros beneficiados con esta decisión son Gilberto Távara Lizana, Juan Carlos Balladares Jonde, Leovigildo Odar Carrión y Manuel Lizana Paico, quienes deberán pagar S/3 mil de caución. Asimismo, Santos More Ríos, Luis Burgos Caramantín, Alonso Gonzales Eche, Raúl Gallo Rivas, Jesús Eca Paiva, Elver Viera Castro, Lupo Mezones Garcés, Pedro Távara Mendoza, Marco Asian Seminario, Ricardo Huamán Tomapasca. Ellos deberán cancelar S/2 mil de caución.

El único que seguirá en prisión, pero por 9 meses, será Francisco Jara Berrú, por los delitos de tenencia ilegal de armas y cohecho pasivo propio. Cabe indicar, sin embargo, que el magistrado Manuel Arrieta Ramírez –tercer integrante de la Segunda Sala de Apelaciones– tuvo un voto en discordia.

Él advirtió que el delito pudo ser tipificado como asociación ilícita para delinquir, y que al tratarse de actos iniciales –y no de una sentencia– no se puede tener certezas del grado de participación y vinculación de todos los integrantes.

“Es un error de la defensa exigir en este estadio del proceso que se demuestre claramente la existencia del delito y la vinculación de los imputados, si tenemos presente que para adoptarla, debe llevarse a cabo un juicio”, dijo.

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