Referéndum que plantea Cipriani no sería viable
Referéndum que plantea Cipriani no sería viable
Fernando Alayo Orbegozo

El sábado último, el cardenal propuso que se someta a referéndum la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo y la entrega gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE), conocido también como la píldora del día siguiente.

Durante la transmisión de su programa en RPP, dijo: “Que le pregunten al pueblo si quiere el matrimonio homosexual, que hagan un referéndum y consulten a la gente, pero a la más sencilla también. Que le pregunten a esa gente sencilla si quiere la pastilla del día después”.

Si bien el cardenal no se refirió específicamente a los proyectos que se han presentado en el anterior Congreso como el de la unión civil (Carlos Bruce) o el de la unión solidaria (Martha Chávez), su propuesta ha vuelto a poner en agenda dichas iniciativas legislativas.

En principio, la propuesta para organizar una consulta popular sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo o la distribución de la AOE sería inviable desde el punto de vista constitucional, tal como manifestó el nuevo titular de la Defensoría del Pueblo, Walter Gutiérrez.

—Improcedente—
El artículo 32 de la Constitución establece que el referéndum solo es posible en cuatro escenarios: para la reforma total o parcial de la Constitución, para la aprobación de normas con rango de ley, para las ordenanzas municipales y para las materias relativas al proceso de descentralización.

Bajo ninguna circunstancia se puede someter a consulta popular la supresión o disminución de los derechos fundamentales de las personas ni las normas de carácter tributario ni los tratados internacionales vigentes.

Según el constitucionalista Samuel Abad, la unión civil no puede ser llevada a consulta popular, ya que un derecho fundamental como la igualdad no puede ser sometido a votación popular.

“La propuesta del cardenal [Cipriani] no procede”, dijo.

Respecto al AOE, agregó: “Hoy existe una medida cautelar del Poder Judicial que ordena al Estado a entregar gratuitamente la píldora. Un referéndum no puede detener una disposición jurídica de este tipo”.

El ex presidente del Tribunal Constitucional Víctor García Toma coincidió en que los derechos básicos de las personas no pueden ser sometidos al voto popular. Sin embargo, precisó que habría que determinar si la unión civil homosexual entra en la categoría de derecho fundamental.

“Existe una minoría gay que actualmente puede convivir, pero que tiene problemas relacionados a los derechos sucesorios [de herencia] y previsionales [de seguro social]. Un referéndum sobre este tema no procede. El Congreso es el órgano competente para modificar la ley”, dijo.

—Requisitos del proceso—
En el Perú, solo se han realizado seis referéndum a lo largo de 195 años de historia republicana [Ver cronología].

Para iniciar un proceso de este tipo, el Jurado Nacional de Elecciones ha establecido los siguientes requerimientos: una solicitud dirigida a la institución, la adhesión del 10% de la población electoral (más de 2,2 millones de peruanos) y la verificación de las firmas conseguidas.

Tras la validación de las adhesiones, el Jurado Nacional de Elecciones tiene un plazo de 4 meses para convocar el referéndum.

CONSULTAS EN LA HISTORIA

25/08/1919
Plebiscito convocado para reformar la Constitución de 1860. Se aprobó que el Congreso deje de renovarse por tercios, entre otros temas.

18/06/1939
Se sometieron a consulta varios cambios constitucionales como la ampliación del período presidencial de 5 a 6 años. La propuesta fue aprobada.

24/02/1991
Votación para la incorporación del departamento de San Martín al de La Libertad para conformar una macrorregión. La iniciativa no fue aprobada.

31/10/1993
Referéndum para aprobar la Constitución Política redactada por el Congreso Constituyente Democrático (CCD) tras el autogolpe de 1992.

30/10/2005
Consulta para crear 5 macrorregiones a partir de 16 departamentos. Solo Arequipa votó a favor de la propuesta. Está no fue implementada.

03/10/2010
Referéndum referido a la Ley de Devolución del Dinero del Fonavi. La medida fue aprobada.

Contenido sugerido

Contenido GEC