Trabajadores que sean bomberos podrán ausentarse en emergencias
Trabajadores que sean bomberos podrán ausentarse en emergencias

Con el fin de impedir que los trabajadores que se desempeñen como sean perjudicados en sus centros de labores por atender emergencias, el Gobierno publicó hoy una nueva norma que establece que dichas horas también sean pagadas.

El decreto supremo N° 001-2017-TR, publicado hoy en el diario El Peruano, incorpora el artículo 18-A al Reglamento de la Ley de fomento al Empleo. En este artículo se precisa que "los trabajadores que se desempeñan como bomberos voluntarios ejercen un cargo cívico y tienen derecho a licencia con goce de remuneraciones".

La norma indica, además, que el tiempo de licencia para la atención de emergencias en cualquier parte del país es considerado como tiempo trabajado, por lo que no podrá ser descontado o considerado como ausencia injustificada, ni como falta laboral pasible de sanción. Dentro del plazo de la licencia, se incluye el tiempo que el bombero tarde para su recuperación y desintoxicación. El empleador deberá solicitar la constancia del acto de servicio a la compañía de bomberos.

La norma aplica para los trabajadores del sector público y privado. 

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