

El Poder Judicial rechazó el recurso de hábeas corpus que presentó Juan José Santiváñez, exministro del Interior censurado y actual asesor del despacho de Dina Boluarte, en el que buscaba restringir cualquier riesgo de que se orden su detención desde el despacho de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, y el equipo de fiscales Eficcop.
La jueza Guillermina Tello, del Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, rechazó los argumentos de la demanda del exministro porque consideró que Espinoza actuó “en el ejercicio legal d sus funciones” cuando presentó su pedido de allanamiento ante el Poder Judicial.
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Según el hábeas corpus, el objetivo de Santiváñez era que se ordene el “cese de la amenaza cierta e inminente” de su privación de libertad, y evitar lo que asegura podrían ser “privaciones ilegítimas de su libertad”.
El recurso acusa a Espinoza y a los fiscales del Eficcop de pretender privarlo de su libertad “sin el cumplimiento estricto de las garantías procesales”.
Santiváñez acusa a Delia Espinoza de supuestamente haber desplegado actuaciones que no corresponden a una conducta objetiva, imparcial y respetuosa del debido proceso, y puso como evidencia el allanamiento de su domicilio de marzo del 2025, además de supuestos trascendidos en medios sobre una intención desde la fiscal de la Nación de pedir su detención.
El Poder Judicial evaluó que Espinoza no actuó fuera de sus competencias y que otras críticas al allanamiento no se deben discutir en hábeas corpus sino en recursos impugnatorios.
Finalmente, determinó que el pedido de detención preliminar es una facultad que tiene Delia Espinoza como fiscal y que la actividad del Ministerio Público es “eminentemente postulatoria” y que le corresponde a un juez evaluar cualquier pedido que planteen.
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