San Martín dice que el Perú “se defendió bien” ante Corte IDH
San Martín dice que el Perú “se defendió bien” ante Corte IDH
Redacción EC

El juez supremo consideró hoy que el fallo que dio la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso Chavín de Huántar fortalece la defensa del Estado peruano frente al terrorismo, porque genera jurisprudencia a favor de nuestro país al no ordenar pagos de reparaciones a terroristas o sus deudos.

San Martín sostuvo que esta jurisprudencia puede ser utilizada por la defensa del Estado en otros casos que están siendo analizados en la .

“Hay un giro en la jurisprudencia de la Corte cuando se trata de terroristas que han afectado al Estado. Cualquier posible exceso en una operación legítima contra estos individuos no puede implicar que se les pague a ellos una indemnización. Esa doctrina es lo más importante”, manifestó.

En diálogo con la agencia Andina, el presidente de la Sala Penal Transitoria destacó que la Corte reconoció que el uso de la fuerza por parte del Estado se produjo en el marco de una operación militar cuyo objetivo fue lograr la liberación de los rehenes del terrorista (MRTA).

“Fue un operativo legítimo, un uso de la fuerza proporcional y no hay una responsabilidad del Estado en este punto. Lo mejor es que no se ha pedido pagar reparaciones a los familiares de los terroristas. Si se realiza un análisis en conjunto, se puede decir que la Corte ha corregido una doctrina y asumido una posición más ponderable de la que se podía esperar”, añadió.

San Martín dijo que la sentencia de la Corte de San José recoge  las conclusiones de la Corte Suprema de Justicia del Perú, según la cual, el terrorista del MRTA Eduardo Cruz Sánchez, conocido como “Tito”, fue asesinado luego de su detención, en un hecho aislado el cual debe ser esclarecido.

Destacó, además, que la Corte IDH, desestimó la tesis de presuntas ejecuciones extrajudiciales de los otros dos terroristas Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza.

“Considero que Estado se defendió bien, porque varios argumentos de la parte demandante fueron desestimados (…)”, aseveró.

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