Vacío legal afecta a rescatados de Sendero Luminoso en el Vraem
Vacío legal afecta a rescatados de Sendero Luminoso en el Vraem

Ha pasado más de un mes desde que se anunció el exitoso rescate de 26 niños y 13 adultos de las garras de . Gracias a una segunda operación militar, denominada Reencuentro 2015, pocos días después el número total de liberados se elevó a 54. Ellos eran mantenidos cautivos en distintos campamentos ubicados en el valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro ().

Desde entonces, las víctimas de esta organización terrorista –en su mayoría asháninkas– se encuentran alojadas en la base de Mazamari en Satipo (Junín), donde han recibido atención médica, alimentación, seguridad y kits educativos del Estado. No obstante, una reciente supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo en la base reveló que existe incertidumbre entre las autoridades para determinar cuál es la condición legal de los rescatados. Ello dificulta y retrasa las tareas para su reubicación y reinserción social.

SIN ESTATUS LEGAL
La carta del defensor del Pueblo encargado, Eduardo Vega Luna, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) del 19 de agosto, alerta sobre esta problemática. Sostiene que durante la supervisión que realizó su entidad a la base policial, se encontró que las autoridades de la zona discrepan en cuál es el marco jurídico aplicable que determina las competencias y responsabilidades de cada una de las instituciones a cargo de los rescatados.

Vega Luna afirma que, por un lado, la Fiscalía Provincial Especializada en Terrorismo de Huánuco considera a estas personas como víctimas de terrorismo. Sin embargo, para el MIMP, se encontrarían en una situación de desplazamiento, por lo que se les tendría que aplicar el protocolo sobre desplazamientos internos.

Fuentes de El Comercio señalaron que la condición de los rescatados no sería ninguna de las planteadas por las autoridades, ya que no se cumplen los requisitos para ninguna de ellas. Al respecto, refirieron que la falta de normativa vigente para atender este tipo de situaciones genera un vacío normativo que dificulta las coordinaciones entre los distintos sectores del Ejecutivo y otras instituciones como el Ministerio Público, gobierno regional y local. Ello retrasa la plena restitución de los derechos de las víctimas.

UN PROTOCOLO SIN APROBAR
Este Diario tuvo acceso al borrador del documento denominado “Lineamientos técnicos para la atención de poblaciones recuperadas de grupos terroristas”, una guía metodológica que venía siendo trabajada por el MIMP desde el 2014. Los lineamientos regulan los protocolos, responsabilidades, rectoría y procedimientos para este tipo de situaciones. No obstante, a la fecha este documento no ha sido aprobado ni publicado.

El pasado lunes, la jefa regional del Comité Internacional de la Cruz Roja para Bolivia, el Perú y Ecuador, Silvana Mutti, señaló en una entrevista para este Diario que, después de una reunión con la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Marcela Huaita, concluyeron que este documento debería ser tomado como guía para todos los sectores involucrados. El problema es que el protocolo no constituye una herramienta legal efectiva para determinar competencias ni responsabilidades, ya que aún no se inserta formalmente a nuestro ordenamiento legal, debido a que no está vigente. Para Mutti, su aprobación “depende de las autoridades”.

Los lineamientos establecen, específicamente, cuáles son los objetivos, principios y enfoques que debe adoptar el Estado para los casos de personas recuperadas. Determina claramente cuáles son las cuatro etapas de intervención para esta problemática [Ver infografía].

El texto, además, precisa las entidades responsables para cada momento y situación específicos. Por ejemplo, encarga a los gobiernos regionales y locales contar con albergues multifamiliares y centros de atención especializados, elemento fundamental para, posteriormente, gestionar una adecuada integración social con sus comunidades.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) debe estar preparado para otorgar las partidas de nacimiento, DNI o cambios de identidad, de ser el caso. El Ministerio de Salud es responsable de integrar a las víctimas al Seguro Integral de Salud; y el Ministerio de Educación, de dar los soportes necesarios para su alfabetización y reincorporación al sistema educativo. El Ministerio de Justicia se encargaría de la representación y asistencia legal; y el de Inclusión Social, de la incorporación a los programas asistenciales como Juntos, Qali Warma o Pensión 65.

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