“El informe de la junta médica está suscrito por profesionales competentes y goza de presunción de legalidad y validez mientras no se demuestre lo contrario”, opinó Quiroga sobre el indulto a Fujimori. (Foto: Víctor Idrogo/ El Comercio)
“El informe de la junta médica está suscrito por profesionales competentes y goza de presunción de legalidad y validez mientras no se demuestre lo contrario”, opinó Quiroga sobre el indulto a Fujimori. (Foto: Víctor Idrogo/ El Comercio)
Jaime de Althaus

El constitucionalista analiza el indulto a y el escenario político tras la frustrada moción de vacancia contra el presidente Pedro Pablo Kuczynski.

—¿Es correcto constitucionalmente el indulto a Alberto Fujimori?
La Constitución no tiene cortapisas ni limitaciones, pero el Perú está vinculado al sistema interamericano de protección de derechos humanos y la Corte Interamericana de DD.HH. ha determinado que los delitos de lesa humanidad no califican ni para la amnistía ni para el indulto. El problema se suscita en que la sentencia principal del ex presidente Fujimori, en el fallo, le añade adrede y exprofesamente la calificación de ser delito de lesa humanidad por lo que se ha condenado a Fujimori. Ello no estuvo ni en la requisitoria inicial ni en la autorización de Chile de extradición al Perú. Tampoco fue materia del auto apertorio del proceso ni del proceso ni de la acusación fiscal y, por ende, del derecho de defensa. No es el fiscal el que incorpora la discusión de lesa humanidad, sino la parte civil, a la que no le corresponde procesalmente eso. Carecía de legitimidad para ello. Por eso siempre se dijo que la sentencia de San Martín si bien era válida, adolece de plena legitimidad.

—El abogado de las víctimas anunció que recurrirán a la Corte IDH para anular el indulto porque hay sentencias que establecen que no cabe el indulto en casos de delitos de lesa humanidad. ¿Tendría posibilidades?
La corte podría decidir que sí o que no. Si dice que no, pues el indulto no será tocado siempre que se defienda que no fue materia de la acusación, del proceso, del debate y que su calificación como figura penal es muy posterior a los hechos juzgados [principio de legalidad]. Pero si la corte dice que sí, podría emitir una resolución invalidando el indulto. Mucho dependerá de la defensa que el Estado Peruano haga. Eso es impredecible.

—Diego García Sayán dijo hace un tiempo que la corte anula amnistías, no indultos.
Eso es discutible. Eso será lo que tenga que decidir si le llevan las incidencias.

—La defensoría indicó antes del indulto que las gracias presidenciales no pueden concebirse como el ejercicio de un poder absoluto del presidente y deben desarrollarse por medio de un conjunto de normas de diverso rango legal que deben ser respetadas. ¿Es así? En todo caso, ¿se han respetado?
La Defensoría del Pueblo juega a tener un perfil caviar. La Constitución es clara y no tiene cortapisas. La ley y el reglamento canalizan eso, pero no pueden ser más que la Constitución y no pueden limitar al presidente. Por lo demás, en este caso creo que se han cumplido las formalidades. El informe de la junta médica está suscrito por profesionales competentes y goza de presunción de legalidad y de validez mientras no se demuestre lo contrario.

—PPK se salvó de la vacancia. ¿Cómo analiza el resultado?
No creo que se pueda decir que el presidente Kuczynski ha ganado, yo diría que el presidente Kuczynski no ha perdido. Él termina lastimado con esto. Hay más tranquilidad, pero van a empezar las investigaciones y va a seguir siendo zarandeado de una manera muy fuerte.

—¿Qué debe hacer?
Debe reordenar su bancada, tender puentes y llamar de primer ministro a alguien con muñeca política, no a un tecnócrata, y que además lidere con mano firme a la bancada congresal. Por ejemplo, a una Lourdes Flores.

—Pero ahora la bancada de Fuerza Popular ha perdido la mayoría absoluta. No va a poder censurar ministros por sí sola…
Para saber si realmente este resultado lo va a favorecer, debe sacar a los ministros congresistas, ponerlos en el Congreso, ordenar la bancada, trabajar con una bancada de 15 ahora, pero sólida, cohesionada y que empiece a tender puentes con la oposición. Y un primer ministro político. Debe entenderse que no se puede gobernar contra el Congreso.

—¿La tesis del golpe de Estado que usaron PPK y Borea en su contraataque era una tesis correcta?
No, yo creo que el decir que era un golpe de Estado era una hipérbole, algo válido como mecanismo de defensa en la discusión política, pero que no tiene sustento, porque la vacancia es una figura que está puesta en la Constitución y, por lo tanto, no era un golpe de Estado, era un juicio político. Si la tesis del golpe de Estado fuera cierta, entonces se diría que a Fujimori le hemos dado un golpe de Estado el año 2000.

—Si no fue la tesis del golpe de Estado lo que salvó a Kuczynski, ¿qué cosa fue?
Dos cosas. Una, los acuerdos políticos que hicieron que la bancada de Fuerza Popular se haya partido, y dos, el convencimiento de algunos congresistas de que la gobernabilidad se afectaba con una vacancia y que era mejor tener un presidente debilitado, pero presidente al fin, y mantener la institución de la presidencia. No ha sido por los argumentos legales ni porque le hayan creído a Kuczynski. Era un juicio político que se podía alterar con los acuerdos políticos.

—¿Denunciar internacionalmente ante la OEA que hay un golpe de Estado en el Perú no era dañar deliberadamente la imagen nacional para salvarse políticamente?
Yo creo que sí, y como es una situación inédita atrajo mucha atención de la prensa extranjera, y entonces uno de los que ha aparecido, en este afán de figuración, es el ex ministro [Pedro] Cateriano, que fue el autor de dicha tesis. El canciller [Ricardo] Luna, consejero del presidente en las relaciones internacionales, no quiso ir a la OEA acusando un golpe de Estado. Y no solamente han hecho eso: en su afán de salvar la vacancia, han planteado 14 acciones de amparo, en lo que se llama el ‘carruseleo’ o ‘ruleteo’, que es además una corruptela judicial.

—La Universidad Católica publicó un comunicado diciendo que declarar la vacancia “es un acto arbitrario de ejercicio del poder y, por tanto, inconstitucional e ilegítimo…”.
Bueno, yo soy profesor principal en la Universidad Católica y si algo nos enseñaron fue la discrepancia y la tolerancia a la idea ajena. Yo discrepo profundamente con ese comunicado porque mezcla cosas. Mezcla como si fuese un tema del avasallamiento el de la acusación a miembros del Tribunal Constitucional, cuando en realidad hubo allí una grave afectación a la cosa juzgada y claramente un exceso por parte de alguno de sus magistrados. Por lo demás, la moción para acusar a los magistrados está firmada por el ministro [Pedro] Olaechea.

—¿O sea que sí se justifica la acusación constitucional contra los cuatro magistrados?
Yo no tengo ninguna duda de que sí porque ellos no están por encima de la Constitución y no pueden venir a cambiar una sentencia que ya estaba dada, interpretar el voto del magistrado después de tres años. Eso no se ve en ninguna parte del mundo. Lo del fiscal de la Nación sí es un despropósito. Entonces creo que el comunicado de la Universidad [Católica] no está en lo cierto y a mí nadie me consultó nada ni a Domingo García Belaunde tampoco, y será responsabilidad de las actuales autoridades que tienen una tendencia muy clara en la universidad.

—¿El rector redacta él mismo los comunicados sin consultar?
Podría ser que sí. Como es experto en derecho constitucional, podría ser que tenga interés en ser autor de ese tipo de comunicados.

—Ahora, ¿qué cosa es la incapacidad moral permanente?
Es un concepto constitucional indeterminado. No tiene una definición única y depende de una consideración política del Congreso.

—¿Es un concepto comodín?
Es un concepto indeterminado que cobra forma cuando la mayoría del Congreso decide que eso es así y el presidente pierde mayoría del Congreso…

—¿Pero entonces se puede convertir en un arma de arbitrariedad política?
No pues, porque solo ha sido usada dos veces en 100 años. Y cuando se utilizó con Fujimori, todo el mundo lo aplaudió porque consideraba que efectivamente calzaba lo que había pasado con el concepto de incapacidad moral permanente. Entonces es un concepto que se activa in extremis.

—Un derecho fundamental en el derecho penal es la tipificación de los delitos si es que va a haber sanción. Bueno, en este caso no funciona este principio, no se tipifica nada, es un concepto indeterminado, que puede ser usado de cualquier manera.
Es que no es una sanción, es una calificación política.

—La sanción es la separación del cargo.
No, la persona termina en el cargo y llaman al siguiente en sucesión. Esa es la decisión, pero no es una sanción en términos de concepto penal. Es una decisión política del Congreso.

—Entonces no se necesitaría del debido proceso. Si tiene esa naturaleza indeterminada y no penal y es una decisión puramente política que depende de la cantidad de votos, ¿por qué exigir el debido proceso?
Es que hay un debido proceso político. Sí creo que el jueves se ha cumplido el debido proceso político, regulado en el artículo 89 del reglamento del Congreso. Este no era un proceso penal sino político, que cumplió con los estándares básicos del debido proceso. Tan es así que se ha podido defender y lo ha podido sacar adelante.

—Cuando Alberto Borea pedía que se demuestren las pruebas de la mentira, ¿estaba tergiversando la institución?
No, creo que era un alegato de defensa. Una licencia lícita, pero la prueba está en que se ha decidido la votación no porque haya pruebas o no haya pruebas, sino porque ha habido apoyo político o no [ha habido] apoyo político, independientemente del tema probatorio, independientemente del tema de la tipificación. Un congresista ha decidido que, por la gobernabilidad del país, no es conveniente alterar la presidencia. Eso es una consideración política, no es un tema jurídico. Otros congresistas consideran que el presidente no es digno del cargo y, por lo tanto, votan por la vacancia.

—Ahora, ¿el presidente mintió o no mintió?
Aparentemente sí. Dijo una cosa un día y después dijo otra. Ahora, eso no es suficiente para vacarlo.

—¿El hecho de que él, mientras era ministro, tuvo negocio con el Estado Peruano a través de su empresa, incluso recibió dividendos, no era sumamente grave?
Es grave para ser investigado desde el punto de vista penal, pero no tiene que ver con una correlación en la vacancia. La vacancia es un tema político. Si fuera un tema de mentira, entonces luego hubiese tenido que ser vacado cinco veces consecutivas, pero no se castiga la mentira.

—¿Qué se castiga entonces?
Lo que se castiga [es] la falta de apoyo político en el Congreso.

—Entonces no tiene nada que ver con la incapacidad moral, estamos hablando de la incapacidad política.
Es que a eso se refiere la Constitución.

—¿No debería eliminarse de la Constitución? ¿No se presta a la arbitrariedad?
Probablemente va a ser sano entrar a una discusión de reforma constitucional para poder precisar el concepto, pero no es [un] concepto que sucede a cada rato. En 100 años solamente ha habido dos presidentes vacados: Billinghurst en otras condiciones y Fujimori [en] el año 2000.

—Se ha aplicado solo dos veces porque en otros casos, cuando el presidente carecía de mayoría, el conflicto entre poderes se resolvió con un golpe militar.
Los golpes de Estado eran la forma violenta, primitiva e inconstitucional de resolver las crisis políticas. La vacancia presidencial es un modo de resolver las crisis políticas dentro del canal constitucional. Quizá ahora habría que especificar un poco más su contenido, que es indeterminado. Pero es un proceso político con una decisión política muy grave, terminal.

—Si la vacancia es para resolver crisis políticas cuando un gobierno no tiene mayoría, ¿no sería mejor reformar la Constitución para favorecer que el Ejecutivo tenga mayoría, como que la elección del Congreso sea junto con la segunda vuelta, por ejemplo?
Eso es absolutamente cierto. Tendríamos que ir como Francia, que elige al Congreso con o después de la segunda vuelta.

—Ahora, ¿cree que el presidente aprovechó su cargo ministerial para hacer negocios en su período?
Es difícil pensar que su socio haya negociado con empresas que al mismo tiempo tenían contratos con el Estado, durante cinco años, y que el presidente nunca se hubiera enterado de esto. Y que el presidente haya recibido dividendos de esas empresas sin saber qué empresas eran y que al mismo tiempo sin percatarse que esas empresas negociaban con el Estado. Entonces, es muy difícil pensar que, durante cinco años, haya recibido ingresos en su empresa sin saber de dónde venían esos ingresos y, sabiéndolo, no darse cuenta de que esas empresas eran también contratistas del Estado.

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