El pleno del Tribunal Constitucional no sesiona desde la semana pasada, debido a la licencia por motivos de salud de su presidente Ernesto Blume. El organismo deberá analizar el pedido de Pedro Olaechea. (Foto: Mario Zapata/ GEC)
El pleno del Tribunal Constitucional no sesiona desde la semana pasada, debido a la licencia por motivos de salud de su presidente Ernesto Blume. El organismo deberá analizar el pedido de Pedro Olaechea. (Foto: Mario Zapata/ GEC)
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Karem Barboza Quiroz

Los siete magistrados del se reúnen este jueves -en sesión plenaria- para debatir dos puntos de agenda coyuntural: la incorporación o no del abogado Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea como magistrado de la institución y la demanda competencial interpuesta por Pedro Olaechea, presidente de la Comisión Permanente, contra la disolución del Congreso de la República.

“Todos estamos listos”, indicaron fuentes del TC a El Comercio.

Cabe recordar, que el magistrado Carlos Ramos -quien tenía previsto viajar ayer al exterior por cuestiones académicas- confirmó a El Comercio que sí estará presente en la sesión.

Indicó, además, que ninguno de los magistrados ha pedido excusa de última hora y reafirmó que todos han confirmado su presencia al cónclave.

-La agenda-

La situación al interior del TC es tensa, debido a que el caso significará un antes y un después en materia administrativa constitucional. Esto, debido a que, en primera línea y según orden de la agenda, se debe resolver si la elección de Ortiz de Zevallos concluyó y si es válida o no.

Su elección tiene dos impugnaciones a las que no se dio una respuesta formal el pasado 30 de setiembre cuando se procedió a la selección. A ello, se suma que la designación del abogado no ha sido formalizada previa publicación en las normas legales de El Peruano, como establece el reglamento normativo del TC.

“Asunción del cargo artículo 16.- Los miembros del Tribunal Constitucional asumen sus cargos dentro de los diez días siguientes a la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, de la correspondiente Resolución Legislativa que los nombra, previo juramento o promesa de cumplir la Constitución Política del Perú”


“Eso ni siquiera ha sucedido [la publicación] y están las impugnaciones [que se presentaron]. Como esto tiene varias deficiencias, es vital que la decisión la tome el pleno”, recordaron con anterioridad fuentes del TC a El Comercio.

A esto se suma que Ortiz de Zevallos ha pedido que el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña no participe mañana en el debate de su incorporación, pues alega que la resolución del Congreso indica que el de menor colegiatura debe ser el reemplazado por su persona.

Esto ha sido rechazado desde el TC ya que, en el acta de la sesión del pleno del Congreso, del 30 de setiembre, no existe ningún acuerdo sobre el mecanismo de reemplazo de los magistrados.

“El magistrado no se inhibirá”, han confirmado desde el TC.

En segundo término, se deberá determinar si se acepta la demanda competencial interpuesta por Pedro Olaechea, a nombre del Congreso de la República, pese a que este ya fue disuelto.

-Las tendencias-

Ernesto Blume, aseguró, en conferencia de prensa ofrecida el último lunes, que el pleno del TC no responde a inclinaciones políticas o no forma bloques dentro de su misma institución.

Sin embargo, las críticas desde varios sectores es que, al ser este un tema netamente político, los actuales magistrados puedan responder a tintes políticos.

En efecto, algunas de las bancadas políticas que propusieron a gran parte de los magistrados del TC actual, no tenían escaños en el Congreso recientemente disuelto.

Blume Fortini, por ejemplo, fue propuesto por el Partido Político Cristiano (PPC), del que fue militante en su juventud. Es reconocido como un socialcristiano, con una posición de centro.

Manuel Miranda, actual vicepresidente del TC, tuvo una votación multipartidaria al momento de su elección. Fue el que más consenso político parlamentario generó. Se desempeñó como magistrado del Poder Judicial por 30 años y en 1992 fue cesado durante el gobierno de Alberto Fujimori.

Marianella Ledesma fue propuesta por Solidaridad Nacional. La magistrada ha denunciado que desde el Congreso trataron de disuadirla para que votara a favor del habeas corpus de la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, a cambio de no ser cambiada en el TC. Ella, respondió, que eso “era imposible”.

Eloy Espinosa-Saldaña fue propuesto por Gana Perú y el Frente Amplio. Por estos días, ha considerado que la demanda competencial debe ser analizada a profundidad para determinar si es procedente o no, sobre todo porque las normas establecen que dicho recurso debe ser planteado, tras su aprobación por el pleno del Parlamento.

Carlos Ramos Núñez es un abogado reconocido académicamente. Su candidatura también fue propuesta por Gana Perú y Frente Amplio.

En declaraciones a El Comercio, Ramos ha sostenido que la disolución del Congreso “no era un golpe de Estado”. También se cuestionó la manera en que se realizó la elección de Ortíz de Zevallos.

José Luis Sardón, propuesto por Fuerza Popular (FP), es considerado como un liberal en temas económicos. Ha negado en diversas oportunidades, responder a dicho partido político. Durante los días previos a la disolución del Congreso estuvo a favor de que la elección de los nuevos miembros del TC se llevara adelante.

Augusto Ferrero Costa, propuesto por Acción Popular, también obtuvo una votación amplia al momento de su elección. Sin embargo, en su momento fue cuestionado por ser un personaje ligado al centro derecha y se tendencia conservadora. Su elección fue apoyada por el APRA, Peruanos por el Kambio (PPK), e incluso de Fuerza Popular.

En entrevista con El Comercio, Ferrero mostró una postura a favor de la elección de los magistrados, al considerar que “la elección actual (de los postulantes) es bien democrática”.

¿Hay antecedentes sobre fallos de demandas competenciales?

Será la primera vez que el Tribunal Constitucional (TC) analice un pedido de “demanda competencial” interpuesto por el Legislativo contra el Poder Ejecutivo.

La lucha de poderes en términos competenciales se ha dado en diversas oportunidades -comenta el expresidente del TC, Óscar Urviola- pero no entre el Poder Judicial y el Ejecutivo.

“No recuerdo procesos competenciales entre el Ejecutivo y Legislativo. Lo que ha habido son procesos de inconstitucionalidad, pero eso es distinto. El proceso de inconstitucionalidad es cuando se dicta una disposición en violación de la Constitución; ya no se está reclamando allí competencia”, exclamó Urviola.


Uno de los que recuerda, indica, es la demanda competencial por el caso de los autos usados.

“El Poder Judicial autoriza la importación de carros usados, invadiendo las competencias del Ejecutivo sobre la regulación de la importación. El Tribunal Constitucional le dio la razón al Ejecutivo, parando las importaciones por resoluciones judiciales”, explicó.

Otro caso, está vinculado al uso de una partida de contingencia que el Poder Judicial -mediante resoluciones judiciales- quería utilizar para incrementar las remuneraciones de los jueces.

“Entonces el Tribunal Constitucional le dio la razón al Ejecutivo, pero señaló como exhortación el Ejecutivo tenía que asignar las partidas para realizar los incrementos a los jueces que se había acordado. Pero, el Ejecutivo era el único que podía utilizar los fondos de contingencia”, anotó.

La demanda competencial, presentada por Pedro Olaechea, cuestiona diversos puntos: desde que la cuestión de confianza no puede estar vinculada a una reforma constitucional, que no puede darse por aprobado fácticamente y que no se aplique el decreto supremo sobre disolución del Congreso.

Sobre la resolución del caso, Urviola consideró que no se debe realizar expresiones sobre cómo deben resolver los magistrados. “Creo que todos debemos mantener la prudencia (…) ellos deben estar en absoluto silencia y resolver en las cuatro paredes del tribunal y en las cuatro paredes de su conciencia”, sostuvo.

En esa línea, sobre el informe de la Comisión de Venecia, consideró que podría ser de utilidad en este caso que se debatirá en el TC, pero desde un punto de opinión.

Y si bien, recordó que dicha opinión se solicitó por el caso del adelanto de elecciones -situación que no se produjo- sí existe un “punto de encuentro sobre disolución del Congreso” respecto al efecto por la negación de la confianza por la elección de los magistrados del TC.

“Es como la opinión que pueda dar un destacado tratadista en derecho constitucional (…) es una opinión que puede ilustrar, y ese es el valor, porque no es vinculante”, consideró.