Los sentenciados por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios no podrán ser candidatos a cargos de elección popular. (Foto: Archivo El Comercio)
Los sentenciados por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado o corrupción de funcionarios no podrán ser candidatos a cargos de elección popular. (Foto: Archivo El Comercio)
René Zubieta Pacco

En noviembre del 2016, el congresista fujimorista presentó un proyecto de ley que buscaba prohibir de manera permanente que personas con sentencia firme por y apología al terrorismo postulen a cargos de elección popular. Es decir, a la presidencia o vicepresidencias de la República, Congreso, Parlamento Andino, gobiernos regionales y a alcaldías provinciales y distritales.

La iniciativa recién fue debatida el último jueves en el pleno del Congreso. Tras un arduo intercambio de opiniones, finalmente se aprobó un texto sustitutorio de la Comisión de Constitución y Reglamento, que a diferencia del proyecto inicial, incluyó otros delitos graves. Así, se suma a un conjunto de normas ya aprobadas —y otras en espera— en el marco de una reforma electoral para la que desde el Congreso se está pisando el acelerador, pues estamos a semanas del inicio de un año electoral en el Perú.

—¿Quiénes no podrán ser candidatos?—
La ley modifica a la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales.

Además de los sentenciados por terrorismo, tampoco podrán postular a algún cargo de elección popular los condenados por tráfico ilícito de drogas y violación de la libertad sexual. Asimismo, los funcionarios y servidores públicos condenados por delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios.

—¿Aplica para sentenciados que ya cumplieron su pena?—
De acuerdo a la ley aprobada, el impedimento es aplicable para los casos citados incluso cuando las personas hubieran sido rehabilitadas.

Así, por ejemplo, los terroristas que este año han salido de prisión —como Maritza Garrido Lecca— no podrán postular. En el caso de las Elecciones Municipales 2018, la medida también afecta, como otro ejemplo, a Ricardo Chiroque. Él es ex alcalde de San Juan de Lurigancho y, mediante el movimiento Avanza País (que encabeza el ex congresista fujimorista Julio Gago), ha expresado intenciones de tentar nuevamente el sillón municipal. Sin embargo, cabe recordar que purgó casi tres años de cárcel por el delito de colusión, siendo excarcelado el 2014.

Walter Albán, director ejecutivo de Proética, señaló a El Comercio que los sentenciados no podrán aducir que la ley no tiene efectos retroactivos, pues “estas son normas para un proceso electoral” y además “las reglas del proceso electoral son las que rigen al momento en que se van a producir las elecciones”. Y estas aún no han sido convocadas. Por su parte, Héctor Becerril, autor del proyecto inicial, señaló también a este Diario que la ley establece requisitos para los candidatos: “Acoge todo, los de ahora y los que vienen”.

—¿Aplica para los indultados?—
No. El dictamen de la Comisión de Constitución refiere que el impedimento para postular a cargos de elección popular “no resulta aplicable a quienes hubiesen recibido indulto razonado o especial”.

—¿Debieron incluirse otros delitos, como lavado de activos?—
La ley aprobada también ha recibido críticas. Por ejemplo, el ex fiscal superior Avelino Guillén, cuestionó que no se haya incluido el delito de lavado de activos. Al respecto, cabe apuntar que la fiscalía contempla ese presunto ilícito en las investigaciones contra la ex candidata presidencial Keiko Fujimori y el ex presidente Alan García, así como contra el ex mandatario Ollanta Humala, quien cumple prisión preventiva.

“El proyecto no estaba para ser incluido dentro de la reforma electoral, lo presenté en noviembre del año pasado para que sea debatido por el delito de terrorismo. Ayer en el debate, las bancadas propusieron otros delitos y nadie propuso el de lavado de activos, se trabajó en base a lo que todas las bancadas habían propuesto”, respondió a El Comercio Becerril, quien —en todo caso— instó a sus colegas parlamentarios a presentar otra propuesta para incluir el delito de lavado de activos.

—¿Cómo fue la votación en el pleno?—
La propuesta legislativa se aprobó en primera votación con 77 votos a favor de parte de congresistas de Fuerza Popular, Peruanos por el Kambio, Alianza para el Progreso (APP), Frente Amplio y Nuevo Perú.

Los tres votos en contra fueron de los apristas Mauricio Mulder, Jorge del Castillo y Javier Velásquez Quesquén. Estos dos últimos han manifestado que se opusieron porque la ley sí permite postular a los indultados.

“Se impide postular a sentenciados, pero se permite postular a indultados así hayan sido terroristas, corruptos, secuestradores, lavadores, etc.”, dijo Del Castillo en Twitter. Por su parte, Velásquez Quesquén indicó a “Perú 21”: “Un narcotraficante indultado sí podrá postular gracias a la generosidad que ha tenido este acuerdo entre el fujimorismo, el Frente Amplio y Nuevo Perú”.

Se abstuvieron Yonhy Lescano, Edmundo del Águila y Armando Villanueva, de Acción Popular.

► Lee la norma aprobada por el Congreso.