Fernando Rospigliosi es el presidente de la Comisión de Constitución, que verá este martes 3 de junio dictamen que permite a congresistas hacer campaña en semana de representación. (Foto: Congreso)
Fernando Rospigliosi es el presidente de la Comisión de Constitución, que verá este martes 3 de junio dictamen que permite a congresistas hacer campaña en semana de representación. (Foto: Congreso)
/ Victor Vasquez

La debatirá y votará este martes 3 de junio, desde las 10:20 a.m., el dictamen que permite a los legisladores , en el marco de las elecciones generales del 2026.

Como se recuerda, el congresista Arturo Alegría, vocero principal de Fuerza Popular, es el autor de la propuesta, que ha recibido el respaldo de diez bancadas.

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Héctor Villalobos
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La iniciativa señala que exigir neutralidad política a los parlamentarios sería “desnaturalizar su papel” y equipararlos a funcionarios administrativos.

La norma plantea la incorporación del artículo 25-A al Reglamento del Congreso con el siguiente texto: “Los parlamentarios en ejercicio de sus funciones pueden expresar, defender y promover las posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad y/o neutralidad”.

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En la exposición de motivos se señala que la aplicación expansiva o excesivamente rígida del principio de neutralidad política a los parlamentarios puede generar una “restricción ilegítima al derecho fundamental a la libertad de expresión”.

Refiere que los parlamentarios también tienen el deber funcional y moral de expresar sus opiniones políticas, debatir ideas y formular juicios y críticas sobre la actuación del poder público.

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“Silenciar estas manifestaciones bajo el pretexto de neutralidad equivale a desnaturalizar la esencia deliberativa parlamentaria e imponer una censura incompatible con el pluralismo democrático”, acota.

Cabe indicar que el dictamen cuenta con el visto bueno de la Comisión de Constitución y Reglamento, que incluso propone su aprobación luego del análisis respectivo y de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 70 del Reglamento del Congreso.

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