

El Congreso de la República aprobó en primera votación un dictamen que restablece la inmunidad parlamentaria. El cambio entraría en vigencia a partir del próximo Parlamento (Senado y Cámara de Diputados) elegido en el 2026.
Por 92 votos a favor, 24 en contra y 1 abstención, la representación nacional dio luz verde al documento sustentado por el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular).
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Según el texto, elaborado sobre la base de los proyectos 5652/2023-CR1 de Wilson Soto (Acción Popular) y 8907/2024-CR2 de José María Balcázar (Perú Libre), la inmunidad no se aplica para delitos cometidos antes de la elección de los futuros senadores y diputados.
La propuesta establece que los senadores y diputados no pueden ser procesados ni detenidos sin previa autorización de la cámara a que pertenecen o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones.
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Según el reglamento de ese poder del Estado y por tratarse de una reforma constitucional, la norma deberá ser sometida a una segunda votación en la siguiente legislatura.
El texto establece que en caso de delito flagrante, deben ser puestos de inmediato a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente para que, dentro del plazo de las 24 horas, autorice o no la privación de la libertad y el procesamiento
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Refiere que vencidos los plazos señalados, para cada caso sin pronunciamiento, son puestos inmediatamente a disposición de la Corte Suprema de Justicia.
Se precisa que dicha instancia del Poder Judicial debe declarar, mediante resolución firme, si ha lugar o no a la formación de causa, procediendo a su desafuero y poniéndolos a disposición del juez competente
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Del mismo modo, se reemplazó el término “procesados” por “procesados penalmente”, a fin de delimitar claramente el alcance de esta prerrogativa.
Cabe indicar que el dictamen recoge proyectos de ley que plantean la modificación del artículo 93 de la Constitución Política.
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