
Martín Vizcarra quedó a un paso de sumar una tercera inhabilitación política impuesta por el Poder Legislativo. La Comisión Permanente del Congreso aprobó este lunes un informe para acusar al expresidente de haber infringido la Constitución con la disolución del Parlamento que dispuso en octubre del 2019.
Como sanción, se acordó inhabilitarlo de la función pública por diez años. El informe ahora deberá pasar al pleno del Congreso, que funciona como última instancia en el proceso de acusación constitucional. Allí se tendrá la última palabra.
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La nueva inhabilitación contra Martín Vizcarra se aprobó con 19 votos a favor, tres en contra y una abstención. También se acordó inhabilitar por cinco años a Salvador del Solar, presidente del Consejo de Ministros al momento de la disolución del Congreso, con una votación más reñida: 12 a favor, 11 en contra y una abstención.
En la víspera, el expresidente había anunciado que no se iba a presentar ante la Comisión Permanente para defenderse de la acusación.
Su postura, compartida por Salvador del Solar, es que el Tribunal Constitucional (TC) ya se pronunció en el 2020 sobre este tema y determinó que la disolución del Congreso fue constitucional, al resolver una demanda competencial planteada por el Legislativo contra el Ejecutivo. La defensa del ex jefe de gabinete también argumenta que el plazo de cinco años para denunciar una supuesta infracción constitucional ya expiró.
“No puedo convalidar con mi presencia ante la Comisión Permanente, una ilegalidad que pisotea la institución de ‘cosa juzgada’. Ya el TC determinó que la disolución del Congreso fue constitucional y no reconocerlo solo demuestra la persecución política del actual congreso”, dijo en su cuenta de Twitter.
Durante la sesión, el legislador Héctor Ventura (Fuerza Popular) sustentó su informe para proponer la sanción. Allí, remarcó que este no abordó el tema de la “denegación fáctica que permitió el cierre inconstitucional del Congreso, sino que indagó respecto del procedimiento de la aprobación en Consejo de Ministros de la suspensión del proceso de elección de los integrantes del TC”.
Al respecto, sostuvo que en las actas del Consejo de Ministros que presidía Salvador del Solar no figura que se haya aprobado presentar una cuestión de confianza para suspender el proceso de elección de los magistrados del TC por entonces en marcha.
No puedo convalidar con mi presencia ante la Comisión Permanente, una ilegalidad que pisotea la institución de “cosa juzgada". Ya el TC determinó que la disolución del Congreso fue constitucional y no reconocerlo solo demuestra la persecución política del actual congreso. 👇 pic.twitter.com/AHEHB5lCGw
— Martín Vizcarra (@MartinVizcarraC) March 12, 2025
Las actas disponibles en la página web del Ejecutivo, según revisó El Comercio, muestran que lo que aparece allí -en las actas del 27 y 29 de septiembre de ese año- es la aprobación de una proyecto de ley para modificar el proceso de elección de magistrados del TC y que se presente una cuestión de confianza en relación con esa iniciativa.
El informe aprobado concluye que Martín Vizcarra infringió la Constitución “por el cierre del Congreso”. “La suspensión del procedimiento de elección de magistrados no podría ser materia de cuestión de confianza, al no tratarse de un proyecto de ley. Consecuentemente, el presidente no podía interpretar que al haber elegido a un magistrado, se le había denegado la confianza”:
Por su parte, el abogado de Salvador del Solar, Luciano López, solicitó que se declare la caducidad de la acusación respecto a su defendido y se archive la denuncia.
“Se le pretende sancionar pese a que la Constitución ya ha cerrado la puerta, (hay) caducidad. Se vulnera su derecho la igualdad de trato, se han obviado precedentes parlamentarios. Se le pretende sancionar pese a que no existen pruebas razonables que derroten la presunción de inocencia, pese a la fuerza de la cosa juzgada. Sancionar a Salvador del Solar no es justicia, es arbitrariedad”, dijo.
En el debate posterior, solo los legisladores Alejandro Muñante y Héctor Ventura participaron a favor de la sanción; mientras que Ruth Luque (Bloque Democrático Popular) se opuso, citando la sentencia del TC del 2020 respecto al disolución del Congreso. También planteó excluir de la denuncia a Salvador del Solar de la acusación por caducidad, pero su solicitud no prosperó.

Los hechos
En octubre del 2019, el gobierno de Martín Vizcarra acordó plantear una cuestión de confianza ante el pleno del Congreso para proponer una reforma al método en que se escogían los miembros del Tribunal Constitucional. Ese procedimiento estaba en marcha y el pleno se aprestaba a votar a los nuevos tribunos.
El Congreso instalado en el 2016 ya le había negado una cuestión de confianza al Ejecutivo en el 2017, durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski. Con ello, una segunda negativa habilitaría la posibilidad de que el presidente disuelva constitucionalmente el Congreso.
El 30 de ese mes, Salvador del Solar, como jefe del gabinete ministerial, ingresó en el pleno del Congreso pese a la oposición de la mayoría parlamentaria y planteó la cuestión de confianza. Horas después, el pleno procedió a votar la elección de los miembros del TC antes de pasar a votar la cuestión de confianza, que eventualmente sería aprobada.
Mientras ello ocurría, Martín Vizcarra dio un mensaje en el que anunciaba la disolución constitucional del Congreso al considerar la votación de los miembros del TC como una negativa “fáctica” de la cuestión de confianza. Salvador del Solar renunció, se ejecutó la disolución y en los meses siguientes se eligió un Congreso complementario, que terminaría vacando al presidente un año después, en noviembre del 2020, por denuncias de corrupción por las que hoy enfrenta un juicio oral.

En el interín, a inicios del 2020, el TC rechazó la demanda planteada por el Congreso contra esa disolución. En su sentencia, consideraron que fue “evidente” que el Legislativo decidió denegar la confianza al Ejecutivo, lo que “facultaba al presidente de la República a disolver el Congreso”.
“El máximo intérprete de la Constitución ya estableció, en el fundamento 239 de la sentencia citada, que el Poder Ejecutivo contaba con competencia para plantear una cuestión de confianza tanto para proponer una reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional como para solicitar la postergación de la elección de los magistrados, lo cual obedeció a la especial coyuntura política que aún atraviesa el país”, dijo Martín Vizcarra en una carta dirigida al Congreso para comunicar que no se iba a presentar ante la Comisión Permanente por este caso. “Por dicha razón, declaró infundada la demanda competencial, cuya sentencia no ha sido anulada o restringida en sus efectos”.
En junio del 2023, al resolver una nueva controversia entre el Ejecutivo y el Congreso alrededor de la figura de la cuestión de confianza, el actual Tribunal Constitucional -con una composición distinta a la del 2020- se refirió a la disolución del Congreso del 2019 con un criterio distinto.

“En dicha sentencia se determinó que el Poder Ejecutivo ‘contaba con competencia para plantear una cuestión de confianza tanto para proponer una reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional como para solicitar la postergación de la elección de los magistrados’ (fundamento 239). En opinión de este Colegiado, ello contraviene el marco constitucional y el principio de separación de poderes, pues permite un uso abusivo de esta facultad (…) Esto tuvo como efecto que el Poder Ejecutivo pudiera disolver irregularmente al Congreso de la República, que desestabilice el principio de poderes, y que elimine temporalmente al órgano que servía como su contrapeso político”, dijo el actual TC.
“Este tribunal señala expresamente que en ningún supuesto se encuentra habilitado el Poder Ejecutivo para realizar una interpretación contraria a la que haya realizado el Congreso de la República, ni tampoco se encuentra habilitado para asumir que ha existido una denegatoria fáctica de la cuestión de confianza, la cual es contraria a la Constitución. La denegatoria de la misma es siempre expresa y la decide el Parlamento”, añadió.
Luego de esa sentencia, los congresistas Alejandro Muñante y Patricia Chirinos (Renovación Popular) presentaron denuncias constitucionales contra Martín Vizcarra y Salvador del Solar por estos hechos. Esa acusación por supuesta infracción a la Carta Magna es la que fue aprobada este miércoles por la Comisión Permanente.
Opiniones
La sanción impulsada por el actual Congreso, por los hechos referidos a la disolución del Parlamento en el 2019, ha generado controversia entre juristas.
Para el constitucionalista Heber Joel Campos, el argumento detrás de la sanción aprobada por la Comisión Permanente por estos hechos es “problemático”. “Ellos consideran que se produjo una infracción a la Constitución, pero ese tema fue discutido en su oportunidad por el TC, que dijo que la disolución del Congreso del 2019 fue válida”.

“Al margen de la opinión que podamos tener sobre ese hecho, ya hay una decisión de un órgano jurisdiccional, que es la última y definitiva instancia para determinar un hecho como este. El TC ya tomó una posición, dijo que fue un acto válido. Que sobre la base de eso, el Congreso imponga una sanción política tan severa es bastante problemático. No parece muy consistente con la regla de la acusación constitucional”, opinó.
Campos consideró que la sentencia posterior, emitida por la actual composición del TC en el 2023, “no cambia en absoluto” lo establecido en el 2020: “Ese fue un criterio que tuvo una nueva conformación del TC, pero no enerva los efectos de la decisión del TC en el 2020. Cuando le hicieron esa misma pregunta al presidente del tribunal de ese entonces, él dijo que los efectos regían hacia adelante: el criterio del 2023 regiría para cualquier situación a futuro, no para las ocurridas antes”.
Por su parte, el constitucionalista Aníbal Quiroga consideró que “no queda duda” que la disolución del Congreso fue “un acto discutible”, que “no se podía plantear una cuestión de confianza sobre actos que no son propios del Ejecutivo, como la elección de los magistrados”, y que se “forzó la figura al disolver el Congreso de manera inédita”.
“Martín Vizcarra forzó el tema (de la disolución), creó de la nada la ‘denegación fáctica’: le dijeron que sí y lo convirtió en un no. Lo más grave es que el artículo 120 de la Constitución dice que los actos de un presidente son nulos sin refrendo ministerial. Cuándo él sale anunciando la disolución del Congreso, ¿qué ministro le había refrendado eso? Fue una decisión suya (...) Eso es inconstitucional, eso no lo podía hacer”, opinó.
Añadió que esa decisión fue “forzadamente inconstitucional” y “notoriamente irregular”, que “estiró al máximo la capacidad elástica de la Constitución y que sí merece una sanción”. En cuanto a las referidas sentencias del TC del 2020 y del 2023, el abogado sostuvo que “lo que una sentencia hace, otra deshace”. “El tribunal posterior, con una nueva conformación, dijo que era un acto inconstitucional y que no existía la negación fáctica de confianza”, apuntó.
Martín Vizcarra ya tiene dos inhabilitaciones por infringir la Constitución actualmente vigentes. La primera fue impuesta en por el pleno en abril del 2021, por un plazo de 10 años, por su vacunación en secreto durante la pandemia del COVID-19, en el caso conocido como ‘Vacunagate’. Ello le impidió asumir como legislador pese a haber elegido como tal en los comicios generales de ese año con el partido Somos Perú.
En mayo del 2022, el Congreso aprobó una segunda acusación constitucional contra el expresidente y lo inhabilitó por cinco años por supuestamente haber tenido vínculos con empresas privadas durante su gestión como ministro de Transportes. Ambas sanciones no se suman, sino que corren en paralelo y le impiden ser candidato en las elecciones del 2026.
A pesar de ambas sanciones, que le impiden postular u ocupar cargos público, el expresidente milita en el partido Perú Primero y se promociona como su candidato presidencial para el 2026. Según él, logrará revertir sus sanciones de cara a los próximos comicios.
En paralelo a la sanción por infracción inconstitucional ya impuesta a Martín Vizcarra por el ‘Vacunagate’, el Congreso también transmite una denuncia presentada por excongresistas por el mismo caso en que se propone levantar su inmunidad como exmandatario para que sea procesado por delitos de organización criminal y corrupción. El informe final respectivo será visto por el pleno el próximo miércoles 19. Además, hay una denuncia de la Fiscalía de la Nación por el mismo caso, presentada en abril del 2023 por el delito de concusión.
Martín Vizcarra también tiene en trámite una denuncia constitucional por el supuesto nombramiento irregular de Daniel Soria como procurador general del Estado, caso por el que la fiscalía pide levantar su inmunidad para poder procesarlo. Previamente, el Congreso accedió a una denuncia similar de la fiscalía contra el expresidente por el Caso Richard Swing, actualmente bajo investigación preparatoria en una fiscalía suprema.
