En el documento se señala que frente a la grave crisis que afronta el país, resulta “evidentemente injusto” pagar remuneraciones “tan altas” a ciertos funcionarios. (Foto: El Comercio)
En el documento se señala que frente a la grave crisis que afronta el país, resulta “evidentemente injusto” pagar remuneraciones “tan altas” a ciertos funcionarios. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

La bancada de presentó un proyecto de ley que plantea la reducción de las remuneraciones de los altos funcionarios, incluyendo al presidente de la República, congresistas y ministros de Estado, que sean superiores a los 15,600 soles.

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La , promovida por el parlamentario Alfredo Pariona, propone que la remuneración del presidente de la República y de los altos funcionarios públicos tenga dicha cifra tope.

La medida abarca a las autoridades electas o designadas en sus tres nieles de gobierno, los viceministros, los secretarios generales y directores generales / jefes de Oficinas Generales.

Asimismo, comprende a los titulares de organismos públicos, directivos del Banco Central de Reserva (BCR) y funcionarios de la Contraloría General de la República y de la Defensoría del Pueblo.

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De igual manera, se incluye a los rectores y vicerrectores de universidades públicas, miembros de tribunales administrativos y de organismos constitucionalmente autónomos, y directores de todas las entidades públicas y empresas estatales.

Finalmente, es aplicable para los Servidores del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Judicial, bajo cualquier modalidad de contrato por el cual prestan servicios, sujetos al régimen regulado en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil; al Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; al Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector público; al Decreto Legislativo No 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; al Decreto Legislativo 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos; y servidores sujetos a carreras especiales; así como el personal contratado por la Ley 29806, que regula la contratación de personal altamente calificado en el sector público y dicta otras disposiciones; y el personal contratado bajo los alcances del Decreto Ley 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencia al Sector público.

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En la exposición de motivos, se señala que en el caso peruano “no se aprecian notorios esfuerzos” en los últimos 20 años para abordar el problema de la desigualdad remunerativa en el establecimiento de escalas salariales en el sector público.

“En la actualidad en el Sector Público existen una gran cantidad de funcionarios públicos que perciben sueldos elevados, llegando incluso a percibir montos mayores al recibido por el Presidente de la República (15 600 soles), como es el caso de los Ministros de Estado, los cuales perciben 30 000 soles cada uno y los Viceministros, quienes perciben 28 000 soles mensuales”, detalla.

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“Sin embargo incluso existen también funcionarios cuyo sueldo es superior al de un Ministro de Estado, como lo son los jueces supremos titulares de la Corte Suprema, los cuales ganan 42,717 soles en caso superan los 05 años en su puesto y 34,900 soles en caso aún no hayan cumplido ese periodo de tiempo”, añade.

Por ello, considera que frente a la grave crisis en la que se encuentra el país, resulta “evidentemente injusto” pagar remuneraciones “tan altas” a ciertos funcionarios, quienes ingresaron a la función pública “a servir a la población y no a obtener mejoras y beneficios económicos que constituyen una ofrenda a millones de peruanos”.

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