Luciano López
Luciano López
Rocío la Rosa Vásquez

El constitucionalista Luciano López explica por qué considera que carta enviada por el primer ministro para formalizar la es inconstitucional. En todo caso dice se debe esperar a escuchar el planteamiento que este haga ante el pleno. López también considera que tanto los congresistas, como el presidente Vizcarra, serían consecuentes -políticamente hablando- si los primeros rechazan la confianza y el segundo disuelve el Congreso en ese escenario.

— ¿Por qué considera que el pedido de la cuestión de confianza del Ejecutivo es inconstitucional? 
Para mí el problema no es el plazo [el Ejecutivo propone que sea en esta legislatura que vence el 15 de junio]. Para mí el problema es una frase en concreto, que va a reglón seguido del plazo, donde dice que si transcurrido el plazo los proyectos no se han aprobados, 'entonces valoraremos que la confianza otorgada nos fue negada'. La frase es inconstitucional porque no existe una regla específica en la Constitución que le permita al Ejecutivo hacer una valoración de una confianza que inicialmente ya fue otorgada.

— ¿Por qué no cuestiona el plazo?
Porque la confianza ha sido diseñada para que pueda ser planteada en amplia forma, no tiene limitación, es una petición. El Ejecutivo propone y el Congreso dispone.

— ¿Sobre la valoración, hay un vacío en la Constitución?
Se revela un defecto técnico en la Constitución porque no se ha implementado cómo hacer exigible la confianza otorgada. Podríamos llegar a esa conclusión, que la realidad supera la ficción y entonces los constituyentes no se colocaron en una hipótesis como la de hoy, que si tú propones algo a lo mejor el Parlamento te saca la vuelta y desnaturaliza las cosas, etc, eso no esta previsto.

— Sin embargo el presidente del Congreso considera que, más allá del oficio que presentó el Ejecutivo, recién mañana cuando se presente el primer ministro se conocerán los términos del pedido.
Sí, estoy de acuerdo. Hay que entender que lo presentado por el premier era algo hasta innecesario porque de acuerdo al reglamento del Congreso la confianza se oraliza y se plantea en el pleno. El oficio hay que leerlo en dos sentidos. Uno, que es necesario para la convocatoria, cuyo propósito ya cumplió. Lo otro es el contenido de este debate, sobre si es o no constitucional, entender qué es lo que el premier dirá mañana.

— ¿En el pleno de mañana esta frase tendría que ser obviada por Del Solar?
No sé si eliminada. Repito que el pedido de confianza es eso, una proposición. Si él lo plantea así mañana lo que debería generar es que los congresistas discutan si van a admitir algo así. Lo lógico es que frente a una situación de inconstitucionalidad, como esa frase, si yo no estoy de acuerdo tengo que negar la confianza. He escuchado a algunos parlamentarios decir que van a presentar una cuestión previa para que retire [la carta]. Están en su derecho, pero hay que entender en su real dimensión lo que es el  planteamiento de confianza, que está formulado en amplia forma y puede incluir situaciones que pueden ser inaceptables.

— El congresista Violeta anunció que presentará una acción de amparo y una demanda de competencia para conocer las delimitaciones legales de la confianza ante el Tribunal Constitucional. ¿Procede que recursos de esta naturaleza se resuelvan antes de la confianza?
No, para nada. El TC tiene competencias delimitadas en la Constitución, no es un órgano consultivo, no tiene esa facultad y se pronuncia a través de un proceso. Un amparo no procede porque no hay ningún derecho del congresista [Violeta] que se esté afectando. Para que llegue al TC tendría que pasar por lo menos tres años porque primero pasa por el Poder Judicial. En cuanto al conflicto de competencias, ese es un proceso, y tiene que plantearlo el titular del Poder Legislativo con acuerdo del pleno. No le va dar el tiempo.

— ¿Si el Congreso niega la confianza, argumentando la inconstitucionalidad del pedido, el presidente Vizcarra tendría que ser consecuente y disolver el Congreso?
[Tiene que hacerlo] para ser consecuente políticamente porque jurídica y constitucionalmente es una facultad, no es una obligación. El artículo 134 de la Constitución le faculta, lo que significa que si él quiere lo hace y si no quiere no lo hace. No vas a ir a pedir confianza y si te la niegan no ejerces la facultad de disolución. Ahora, no es que el Congreso se cierra, esa palabra lleva a confusión, funciona la Comisión Permanente que es la que entregará la posta al nuevo Congreso elegido para completar el periodo del anterior.

— ¿Hizo mal el presidente del TC Ernesto Blume en cuestionar el pedido de confianza del Ejecutivo?
En mi modesta opinión sí porque los jueces no debiesen estar opinando sobre situaciones que pueden llegar a su posición. Es la misma razón por la que he criticado en su momento al juez Richard Concepción Carhuancho, e incluso al fiscal José Domingo Pérez porque los que son actores del sistema de justicia no debiesen opinar sobre causas que vayan a conocer. El señor Blume votó en una sentencia de noviembre del año pasado donde opinan que la cuestión de confianza se puede formular de manera amplia. 

— ¿Cree que un Congreso con varios de sus miembros investigados en el Ministerio Público le niegue la confianza al Ejecutivo sabiendo que la consecuencia podría ser la disolución del Congreso y en consecuencia la pérdida de la inmunidad?
En términos políticos los congresistas debieran ser consecuentes si consideran que algo es inconstitucional. Ser consecuente significaría rechazar la confianza. Pero a la luz de acciones que se quieran plantear [como amparos y cuestiones previas], lo que me dice es que ellos quieren defender su curul antes que ser consecuentes. Ojalá me equivoque. La votación puede estar dividida porque es probable que la mayoría se niegue a una disolución y a ser consecuentes. Sería lamentable porque significaría prolongar la crisis ya que justamente esta institución se ha creado para que la crisis tenga una válvula de salida y se entregue al poder no al presidente sino que regrese a los ciudadanos a través de una [nueva] elección.