El ex presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) cuenta con impedimento de salida de país desde marzo. (Foto: Archivo El Comercio)
El ex presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) cuenta con impedimento de salida de país desde marzo. (Foto: Archivo El Comercio)
Redacción EC

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del ex presidente Pedro Pablo Kzcuzynski () que buscaba que sea investigado por el fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, y no por el Equipo Especial.

La pesquisa contra el ex mandatario es por los pagos de la empresa Odebrecht a sus empresas (entre ellas Westfield Capital) por supuestas asesorías financieras.

En su resolución de fecha 21 de agosto de 2018, la sala suprema considera que la instancia competente para resolver dicho pedido es el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional. 

"La solicitud de declinatoria de competencia se puede presentar durante los primeros diez días de formalizada la investigación preparatoria, por lo que no puede solicitarse durante las diligencias preliminares", precisa. 

Para el procurador ad hoc del Caso Lava Jato, Jorge Ramírez, a PPK no le correspondía la prerrogativa de la inmunidad por ser alto funcionario –como lo invocó su defensa– ya que los hechos por los que se le investiga están fuera del tiempo de alcance que plantea dicho privilegio.

Según Ramírez, respecto a los supuestos pagos a sus empresas por asesorías a Odebrecht, estos se habrían efectuado cuando fue primer ministro y ministro de Economía entre los años 2001 y 2006, por lo cual ya han transcurrido más de cinco años a la fecha.

Respecto a las otras transferencias bancarias a sus empresas que habrían sido efectuadas entre el año 2007 y 2015, Ramírez indicó que se produjeron cuando el investigado no ejercía función pública y antes que sea presidente de la República.

En la audiencia, la fiscalía también manifestó que el delito de lavado de activos, por el que se le investiga a Kuczynski, no es un delito de función, por lo que no se puede aplicar la ley que él requirió en su apelación.