Los magistrados de la Sala Penal Nacional debatieron los alcances de la colaboración eficaz. (Foto: USI)
Los magistrados de la Sala Penal Nacional debatieron los alcances de la colaboración eficaz. (Foto: USI)
Redacción EC

Reacciones encontradas generaron entre los especialistas los nuevos lineamientos que estableció la (SPN) a través de un acuerdo plenario –aprobado por mayoría– sobre el uso que debe darse a las declaraciones de los colaboradores eficaces para solicitar una prisión preventiva.

1. Afirman que eleva la valla a la fiscalía
El ex presidente del Tribunal Constitucional Ernesto Álvarez consideró que el acuerdo de los jueces superiores de la SPN “está quitándole la espoleta, el filo, a una de las pocas armas que los fiscales tienen para luchar contra la corrupción que es la figura del colaborador eficaz”.

Si bien dijo que la versión de un aspirante a la colaboración eficaz puede prestarse “a un abuso”, también indicó que en los casos complejos no se puede exigir el máximo de rigurosidad en la corroboración de las declaraciones en una etapa inicial de la investigación.

“Este garantismo excesivo no beneficia a la sociedad sino a los investigados. Pone la valla muy alta para la fiscalía”, dijo Álvarez.

2. La estrategia fiscal define cuándo usar la palabra del colaborador
Para el coordinador de las fiscalías contra el crimen organizado, Jorge Chávez Cotrina, cada fiscal debe determinar la estrategia sobre el uso de las declaraciones de un aspirante a colaborador eficaz.

Sin embargo, indicó que coincide con el acuerdo en mayoría de la SPN, al sostener que toda declaración debe ser plenamente corroborada.

“Yo siempre les he aconsejado a mis fiscales que cuando presenten un pedido de prisión preventiva en base a la declaración de colaborador, lo hagan ya con una sentencia de aprobación de colaboración emitida por un juez”, indicó.

3. La Corte Suprema debería unificar los criterios
Luciano López, especialista en temas penales, opinó que la posición emitida en el acuerdo plenario “es excesiva”.

Explicó que los jueces de la SPN que aprobaron en mayoría y minoría el acuerdo, coinciden en que se deben corroborar las declaraciones de los aspirantes a la colaboración. Sin embargo, la posición en mayoría pide elementos de convicción hasta de la propia investigación.

“El dicho de un colaborador tiene que ser corroborado, sí, pero tampoco te puedes ir a un nivel tan riguroso como el voto en mayoría, que te pide la corroboración del cuaderno de colaboración más las pruebas del proceso receptor [la investigación]”, indicó.

Por ello, dijo que los jueces de la SPN o la fiscalía podrían solicitar a la Corte Suprema que unifique criterios en un acuerdo plenario que tenga efecto vinculante.