El presidente del Congreso, Daniel Salaverry, sostuvo que las instancias encargadas deberán determinar si Milagros Salazar cometió un delito o una falta. (Foto: Congreso)
El presidente del Congreso, Daniel Salaverry, sostuvo que las instancias encargadas deberán determinar si Milagros Salazar cometió un delito o una falta. (Foto: Congreso)
Redacción EC

El presidente del Congreso, , aseguró que serán las instancias correspondientes de este poder del Estado las que revisen la denuncia contra la legisladora Milagros Salazar (Fuerza Popular), luego de que se diera a conocer que su sobrino Ezrra Joel Meléndez Salazar, trabajó casi un año en la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología del Parlamento.

“Tendrá que investigarse y van a ser las instancias internas del Congreso y el procurador quienes hagan las denuncias respectivas y que se investigue este tema”, aseguró a la prensa.

Salaverry indicó que serán las comisiones encargadas de evaluar la actuación de los parlamentarios las que determinen si este hecho corresponde a un delito o a una falta.

“Yo no quiero tipificar porque no me corresponde. Dejemos que funcionarios, que son los responsables de defender los intereses del Congreso, hagan las investigaciones y evalúen si es falta, delito o si amerita o no una denuncia”, refirió.

El último domingo el programa ‘Punto Final’ reveló que en la declaración jurada que presentó Meléndez Salazar al Congreso, negó tener un parentesco consanguíneo de afinidad con algún legislador.

Cabe resaltar que el Código de Ética Parlamentaria señala que un legislador "no puede emplear o tener ad honórem en el servicio parlamentario de su despacho congresal o en las Comisiones que integre familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad".

La Ley 26771 configura el acto de nepotismo cuando "los funcionarios de dirección y/o personal de confianza de la entidad ejerzan su facultad de nombramiento y contratación de personal respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio; o cuando los funcionarios descritos precedentemente ejerzan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personal".