

La Defensoría del Pueblo presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley de amnistía para militares, policías e integrantes de comités de autodefensa investigados, procesados o condenados por delitos cometidos durante el periodo del conflicto armado interno (1980 - 2000).
El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez Cóndor, presentó la demanda en la que se expone que no se compatibilizan los efectos de la amnistía con los derechos y valores establecidos en la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos.
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LEE: PJ vuelve a inaplicar la ley de amnistía en proceso por el presunto delito de desaparición forzada
La demanda de la Defensoría fue presentada contra el presidente del Congreso Juan José Jerí y contra el procurador del Parlamento Manuel Peña Tavera. En esta piden al Tribunal Constitucional eliminar el ordenamiento jurídico de la ley de amnistía por su naturaleza contradictoria; y vulnerar el derecho a la justicia y reparación de las víctimas.
“De hecho el título del proyecto de ley señala ‘Ley que concede amnistía a miembros de las FF.AA., PNP y funcionarios del Estado que se encuentren sin sentencia firme por casos vinculados a la lucha contra el terrorismo’; sin embargo, el artículo 2 proponía conceder la amnistía a personas que han sido condenadas por delitos derivados de la lucha contra el terrorismo”, señala la demanda.
Además, advierte que esta “incongruencia” origina que la exposición de motivos no justifique la denominada “amnistía humanitaria” en favor de personas mayores condenadas por delitos derivados u originados con ocasión de su participación en la lucha contra el terrorismo.

Sin embargo, familiares de los casos de La Cantuta advierten que esta demanda cerraría la posibilidad de que los jueces y juezas inapliquen la ley de amnistía por violar los tratados internacionales de derechos humanos y la Constitución.
Ello debido a que si el TC no alcanza cinco votos a favor de la demanda, la norma quedaría vigente y limitaría el control difuso, es decir, el poder que tienen los jueces de inaplicar leyes contrarias a la Constitución en casos concretos. En la práctica, esto significaría que los magistrados del Poder Judicial no podrían inaplicar la Ley de Amnistía.
"Exigimos que la Defensoría retire esa demanda. Conocemos su posición, cuando el proyecto se discutía en comisiones, adjunto de DDHH, Carlos Fernández Millán, señaló que apoyaban el proyecto de amnistía. Si TC declara que es constitucional, jueces no podrán hacer control difuso", advirtió Gisela Ortiz Perea, cuyo hermano fue secuestrado y asesinado por el Destacamento militar Colina en julio de 1992.
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