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El Despacho de la Presidencia de la República aceptó cuatro solicitudes de defensa y asesoría legal presentadas por la expresidenta Dina Boluarte y declaró improcedente un quinto pedido vinculado a la investigación fiscal que se le sigue por el presunto delito de enriquecimiento ilícito agravado.
El Despacho de la Presidencia de la República aceptó cuatro solicitudes de defensa y asesoría legal presentadas por la expresidenta Dina Boluarte y declaró improcedente un quinto pedido vinculado a la investigación fiscal que se le sigue por el presunto delito de enriquecimiento ilícito agravado.
De acuerdo con las Resoluciones Subsecretaría General N.° 000011-2026-DP/SSG, 000012-2026-DP/SSG, 000013-2026-DP/SSG y 000014-2026-DP/SSG, la entidad autorizó el otorgamiento del beneficio al considerar que, en esos casos, los hechos materia de indagación guardan relación con el ejercicio de sus funciones como jefa de Estado.
Uno de los pedidos declarados procedentes es el referido a la defensa para las diligencias preliminares en la investigación de la Fiscalía de la Nación – Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales - Carpeta Fiscal N° 25-2025- por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio.
De igual forma, la respuesta fue positiva en las pesquisas por presunto delito de lesiones leves y lesiones graves y otra investigación por presuntas lesiones leves, así como en el caso de supuesta falsedad genérica.
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Sin embargo, mediante la Resolución Subsecretaría General N.° 000015-2026-DP/SSG, el Despacho declaró improcedente la solicitud vinculada a la Carpeta Fiscal N.° 54-2025, tramitada ante la Fiscalía de la Nación, en la que se investiga un presunto incremento patrimonial ilícito ocurrido entre marzo y diciembre del 2024.

El marco normativo invocado para la evaluación de los pedidos fue el literal l) del artículo 35 de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, y su reglamento, que establecen el derecho de los servidores y exservidores civiles a contar con defensa y asesoría legal con cargo a la entidad cuando los hechos imputados estén relacionados con el desempeño regular de sus funciones.

Según los informes de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el presunto enriquecimiento ilícito —por su naturaleza— no constituye un acto derivado del ejercicio directo de atribuciones constitucionales, sino que responde a un eventual incremento patrimonial de carácter personal, lo que configura la causal de improcedencia prevista en la Directiva N.° 004-2015-SERVIR-GPGSC.

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La resolución dispone la notificación correspondiente a la exmandataria y la publicación de los actos administrativos en el portal institucional del Despacho Presidencial.
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