El último sábado, el diario El Comercio reveló que Yeny Quispe Quiquijana, actual candidata al Congreso por Puno con el partido Alianza para el Progreso, tiene calidad de investigada por presunto tráfico ilícito de drogas.
De acuerdo con la Policía y la Fiscalía, Quispe fue intervenida en enero de 2020 en Tacna por el transporte de 11,9 kilogramos de cocaína. Por este caso, el Ministerio Público ha pedido nueve años de cárcel en su contra.
Tras el informe de la Unidad de Investigación de este Diario, el partido de César Acuña comunicó que se ha exigido la renuncia de la postulante. Ese mismo día, Carmen Omonte -actual congresista y también candidata por APP a la vicepresidencia de la República- señaló a Canal N que la organización política está legalmente impedida de retirar a Quispe y que, por tanto, solo corresponde pedirle una renuncia voluntaria.
“Se le está exigiendo su renuncia porque también el propio sistema [electoral], las reglas de juego, impiden que un partido político -ya en este momento- pueda sacar a un candidato. No lo podemos hacer. Ella tiene que renunciar”
Esta afirmación es falsa.
El 29 de setiembre de 2020, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó el cronograma electoral para los comicios de 2021. En este, se establece que el 10 de febrero del presente año es la fecha límite para la renuncia o el retiro de candidatos. Dicha disposición se basa en los plazos regulados por la Ley Orgánica de Elecciones. La norma, en su artículo 123-A fija que tanto renuncias como retiros de candidaturas pueden darse hasta 60 días antes de la fecha central de una elección.
En consulta con El Comercio, el experto en Derecho Electoral, José Tello señaló que lo declarado por Omonte no se ajusta a la verdad, puesto que las agrupaciones políticas sí están dentro del plazo para remover a postulantes de sus listas al Congreso.
“Sí procede el retiro de candidaturas individuales, por lo que el partido puede evaluar internamente esa decisión. Hay que precisar que el retiro lo debe hacer el órgano interno competente según lo que establezca el estatuto del partido, en este caso, del partido Alianza para el Progreso”, señaló Tello.
El también especialista José Naupari señala que “la norma es clara” y que “el retiro sí puede darse por determinación partidaria”. “Están aportando a lo mismo que el Partido Morado sobre el caso Sagasti, de que una vez admitido, tendría solo que renunciar, pero la norma no hace distinción”, expresó Naupari.
Jorge Jáuregui , ex asesor del JNE, coincidió en que se estaría apelando a una interpretación errada de los plazos.
“Aparentemente, la señora Omonte y el partido han confundido el plazo para que se pueda reemplazar a un candidato retirado o renunciante. Ese plazo sí ya expiró el 22 de diciembre, que fue la fecha límite para la inscripción de candidaturas. Sin embargo, el reglamento de inscripciones en su artículo 46 establece que el plazo para retiro se ajusta al señalado por el cronograma electoral. Este último se publicó en setiembre y precisa que el vencimiento para el retiro es el 10 de febrero”, indicó.
Por lo general, prevén en sus estatutos internos los mecanismos y procedimientos para el retiro de un candidato. Precisamente, en el estatuto de Alianza para el Progreso, publicado por el propio partido, sí existe la figura de separación de candidaturas en su artículo 86. En el artículo 90 del documento, se indican varias causales. Entre ellas, está el “valerse de instrumentos falsos o adulterados, o de cualquier otro medio de engaño para obtener su elección o designación en el cargo”, el “afectar gravemente la imagen del partido” y el “faltar al principio de veracidad en un procedimiento administrativo o electoral ante el Estado”.
Según el comunicado de APP sobre Quispe Quiquijana, la organización había aplicado todos los filtros para la selección de sus candidatos. No obstante, no le fue posible acceder a la información sobre las indagaciones fiscales en contra de Quispe. “Dependemos de la honestidad de los postulantes”, explicó la agrupación.
Aclaraciones de Carmen Omonte
Este Diario se contactó con la congresista Carmen Omonte, a fin de obtener una aclaración sobre lo dicho horas antes. La candidata refirió que eso fue lo que el área legal del partido le había indicado.
“Ahora, gracias a tu consulta, he vuelto a pedir que se me especifique realmente cuáles son las medidas que se pueden tomar y me comentan que se está haciendo la evaluación que corresponde a este caso porque tiene que seguirse un procedimiento muy riguroso. De acuerdo a los estatutos del partido puede iniciársele un proceso”, dijo.
Omonte expresó que el mecanismo a convenir desde el partido debe ser aplicado de manera responsable para evitar alguna arbitrariedad y que, por ello, la postura inmediata de la organización política fue exigir la renuncia de Quispe.
“Tengamos en cuenta de que si fuera factible hacerlo unilateralmente, tendríamos muchos casos de vulneraciones a derechos de candidatos. Entiendo que se tiene que seguir un proceso muy riguroso para lograr alguna modificación en las listas. Es la explicación que tengo del equipo legal, pero por eso se hace hincapié en que lo inmediato es la renuncia de la candidata. Pero, pese a ello, se está haciendo la revisión para saber cuál es la salida correcta en este caso”, explicó.
Pasadas las 6:30 de la tarde del sábado, el candidato presidencial y líder de APP, César Acuña, publicó el siguiente tuit:
Lo comunicado por Acuña se ajusta a lo que nos señalaron los especialistas electorales en esta nota, pues el partido sí se encuentra en condiciones y plazos para remover a postulantes no idóneos de sus listas.