

La Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) dio por comunicado que Renovación Popular elegirá a sus candidatos para las elecciones generales del 2026 mediante el “voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados”.
A través de la Resolución Gerencial N° 000035-2025-GOECOR/ONPE, recordó que Renovación Popular comunicó su modalidad de elecciones primarias, el ámbito de participación de los delegados y número de delegados a elegir.
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Mencionó que respecto de la modalidad de elección establecida en el estatuto de dicho partido político, esta se encuadraba en una norma derogada y que su reglamento electoral no definía modalidad alguna.
Por ello, se declaró improcedente la solicitud de modificación del estatuto entregada el 15 de agosto del 2025 por el personero legal de Renovación Popular, al presentarse fuera del plazo establecido por ley.
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El organismo electoral detalló que se advirtió que la modalidad de elecciones primarias informada no se ajusta a la ley ni a su normativa interna vigente, pese a las recomendaciones que en mayo pasado se le había brindado.
En efecto, el estatuto de Renovación Popular y su reglamento electoral establecen que, sus “elecciones primarias se realizan de manera simultánea mediante voto universal, libre, obligatorio, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos, estén o no afiliados a una organización política”.
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Esta modalidad difiere a lo dispuesto por la Ley N° 31981, que reformó el artículo 24 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP), que dispone tres modalidades: a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los afiliados y ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta; b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados; y c) Elecciones a través de delegados.
Así, a fin de salvaguardar el derecho a la participación de Renovación Popular, corresponde encuadrar su modalidad de elecciones primarias en la modalidad “b)”, dado que ya vencieron los plazos para la modificación de la normativa interna y la presentación de la relación de electores no afiliados.
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