Los dirigentes del Movadef Alfredo Crespo y Manuel Fajardo ejercen actualmente la defensa de Abimael Guzmán en el Caso Tarata. (Foto: Paco Sanseviero / El Comercio)
Los dirigentes del Movadef Alfredo Crespo y Manuel Fajardo ejercen actualmente la defensa de Abimael Guzmán en el Caso Tarata. (Foto: Paco Sanseviero / El Comercio)
Rocío La Rosa Vásquez

La Primera Fiscalía Superior Penal Nacional presentó ante el Poder Judicial una acusación contra los máximos dirigentes del (movimiento considerado frente político de Sendero Luminoso) Alfredo Crespo y Manuel Fajardo, así como contra Oswaldo Esquivel (secretario de prensa y propaganda) y Alberto Mego Marquez. La denuncia es por haber hecho apología del condenado por terrorismo Abimael Guzmán, cabecilla de Sendero Luminoso.

El Ministerio Público solicita para ellos 12 años de pena privativa de la libertad, así como 360 días multa, la inhabilitación y un pago solidario de 100 mil soles.

La medida se sustenta en que los imputados son responsables de la publicación denominada “Marxista, leninista, maoísta, amnistía general”, que en el 2010 consignó el siguiente texto: “Desde 1992 el Dr. Abimael Guzmán es el más grande intelectual, filósofo, científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época”.

Fajardo, Crespo y Esquivel aparecían como miembros del consejo editorial del mencionado medio, mientras que Mego figuraba como el jefe de redacción.

El periódico fue vendido a S/1 durante la concentración que realizaron miembros del Movadef, la CGTP y la CUT en la plaza Bolívar, frente al Congreso de la República, el 25 de setiembre del 2010.

Esta es la primera acusación por delito de apología de un condenado por terrorismo que presenta el Ministerio Público ante el Poder Judicial.

El artículo 316 del Código Penal plantea dos supuestos en el caso de apología: cuando esta se hace de un hecho delictivo, o cuando se refiere a una persona que ha sido condenada como autor o partícipe del delito. La fiscalía sustenta su acusación en la segunda figura.

La pena máxima que establece el Código Penal es de 15 años, cuando la apología se hace de un acto terrorista o de la persona que haya sido condenada como su autor o partícipe, y a través de un medio de comunicación.

—Precisión al PJ—
Sobre este caso, el Poder Judicial había resuelto no abrir instrucción a los imputados al desestimar el delito de apología del terrorismo.

La fiscalía precisó a la sala que el delito estipulado no era apología del terrorismo, sino de “un condenado por terrorismo agravado y homicidio calificado”, en alusión a Guzmán, sentenciado a cadena perpetua.

Ahora la fiscalía espera que el Poder Judicial disponga el inicio del respectivo juicio oral.

Este Diario intentó comunicarse con Manuel Fajardo y Alfredo Crespo, pero no fue posible hablar con ellos.

—Otra acusación del Ministerio Público—
La fiscalía también presentó acusación contra Edwin Genovés Canchari, vinculado al Movadef, por afiliación a una organización terrorista y pide para él 26 años de cárcel. Este es considerado reincidente, pues antes fue sentenciado a 21 años, pero salió con libertad condicional en el 2009.

En el 2014 fue intervenido cuando visitaba en el penal a la terrorista María Pantoja. Él pretendió ingerir un documento para evitar que fuera incautado. En su vivienda se halló abundante documentación relacionada a Sendero Luminoso (SL).

En la acusación se establece que el Movadef es un frente de SL creado por orden de Abimael Guzmán.

—Sin sanción: otros casos—
El caso sobre el libro de Guzmán, “De puño y letra”, se archivó tras denuncia por apología de Dircote y la fiscalía. Igual ocurrió con el caso de la concentración del 2011 en la Plaza Francia en la que Crespo lanzó arengas a favor de Guzmán. Está pendiente un proceso a 44 miembros del Movadef por pertenencia a una organización terrorista.