El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó hoy el pedido de nulidad interpuesto por la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, contra la convocatoria del proceso de revocación iniciada contra ella y los 39 regidores del Concejo Metropolitano.
Por medio de una resolución, el máximo ente electoral precisó que omitir los nombres y apellidos de las autoridades municipales comprendidas en la consulta popular no conlleva a la nulidad.
El órgano electoral también señaló que no existe ninguna ley o dispositivo que indique que debe darse a conocer a las autoridades involucradas los fundamentos presentados por los promotores para que estos procedan a efectuar los descargos respectivos.
El JNE indicó que no hubo ningún defecto en la notificación de la resolución de convocatoria al proceso electoral, puesto que se dio conocimiento formal, a través de su publicación en el diario “El Peruano”, el 1 de noviembre de 2012 y en el portal web de la institución.
El mencionado documento también establece las normas vigentes para la consulta popular de revocatoria del 17 marzo, entre las que se encuentran los reglamentos de propaganda electoral, publicidad estatal, neutralidad, acreditación de personeros y observadores electorales.
La resolución del organismo electoral fue suscrita por los magistrados Francisco Távara Córdova, José Humberto Pereira Rivarola, Baldomero Elías Ayvar Carrasco, Luis Antonio Legua Aguirre y José Luis Velarde Urdanivia.