(Foto: Congreso de la República)
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Redacción EC

La Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso aprobó este martes de ley que prohíbe la publicidad estatal en los medios de comunicación privados.

La norma, promovida por el legislador Mauricio Mulder (Célula Parlamentaria Aprista), fue respaldada por el grupo de trabajo pese a que había sido observada por el Ejecutivo y cuestionada por expertos y organizaciones que defienden las libertades de expresión y de información.

Repasa en esta nota las inexactitudes del debate.

“La norma no califica como obstrucción al derecho a informarse”.
Falso

Efectivamente, como señaló ayer el congresista Roy Ventura, la norma no establece una prohibición expresa a ser informado. Pero la consecuencia de una restricción a la publicidad estatal en medios privados, en la práctica, sí tiene efectos en el alcance de la información proporcionada por medios públicos. La publicidad estatal en medios privados que se busca prohibir constituye, en muchos casos, un complemento para llegar a la mayoría de peruanos. Se utiliza para suplir la carencia en el alcance de la información del Estado.

“Hay 34 millones de líneas móviles y 91% de teléfonos que se venden son smartphones”.
Media verdad

Con esas cifras, el congresista Mauricio Mulder intentó defender ayer la importancia de Internet como medio de acceso a la información en el Perú. Si bien la penetración de los medios digitales va en aumento, la información aludida por el congresista esconde dos detalles: una persona puede poseer más de una línea móvil y no todos los celulares son utilizados en el país para acceder a Internet. Solo aproximadamente la mitad de usuarios tiene planes de datos, según Osiptel. La otra mitad no accede a información por esa vía.

“La Corte Suprema mexicana ordenó al Parlamento legislar sobre publicidad estatal”.
Media verdad

El congresista Mulder argumentó así que su iniciativa es parte de una tendencia regional y no un caso aislado. Sin embargo, el amplio debate existente en México sobre la publicidad oficial gira en torno a una ley que permita regularla; no prohibirla. A diferencia del Perú, donde ya se regula (Ley 28874), en México no existen mecanismos para ello. La corte mexicana se pronunció en torno a esa carencia.