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Junta de Fiscales Supremos respalda a Delia Espinoza como titular del Ministerio Público: pronunciamientos, cruce de denuncias y silencios
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La Junta de Fiscales Supremos (JFS) expresó este miércoles 18 de junio su respaldo a la continuidad de Delia Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación, al señalar que su elección por tres años, “se encuentra vigente”.
De esta manera, el órgano de gobierno de la Fiscalía -presidido por Espinoza Valenzuela e integrado por los fiscales supremos Pablo Sánchez, Zoraida Ávalos, y Juan Carlos Villena- se pronunció y ratificó el acuerdo del 18 de octubre del 2024, cuando eligió a la primera como cabeza de la institución.
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La JFS hizo dicho pronunciamiento en el tercer día día de “sesión permanente” declarada a razón de la irrupción de Patricia Benavides en la sede institucional del Ministerio Público (MP), el lunes 16 de junio con la finalidad de asumir el cargo de fiscal de la Nación.
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Ello, luego de que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) emitió una resolución, donde anulaba la destitución de Benavides como fiscal suprema titular y ordenaba que Espinoza la reponga como fiscal de la Nación.
Al respecto, la JFS recordó que por acuerdo 6066, del 20 de junio del 2022, eligieron a Benavides Vargas como fiscal de la Nación. Sin embargo, el 6 de diciembre del 2023, la JNJ dispuso su suspensión ante los graves hechos que la vinculaban con una presunta organización criminal.

Ante ello, señalaron, Pablo Sánchez asumió el cargo de fiscal de la Nación interino y, posteriormente, el 11 de diciembre del 2023 se designó a Juan Carlos Villena, como fiscal de la Nación interino.
Explicaron también que el 23 de mayo del 2024, la JNJ declaró infundado un recurso de nulidad interpuesto a Benavides y declaró su destitución y la cancelación de su título como fiscal suprema. Después, el 2 de octubre del 2024, ratificó dicha decisión al rechazar una reconsideración.
“En estricto cumplimiento al procedimiento y normas que lo regulan, adoptó el Acuerdo N.° 6579-2024, del 18 de octubre de 2024, eligiendo a la señora Delia Milagros Espinoza Valenzuela en el cargo de Fiscal de la Nación por el periodo constitucional de tres años, nombramiento que se encuentra vigente.”
Junta de Fiscales Supremos

Silencio en la JNJ
De otro lado, en la Junta Nacional de Justicia el silencio impera, antes y después de las declaraciones del consejero Francisco Távara, quien detalló cómo Patricia Benavides obtuvo una resolución a su favor rehabilitándola como fiscal.
Desde la semana pasada, El Comercio ha realizado diversos pedidos para conocer la versión del presidente de la JNJ, Gino Ríos, sobre el proceso que terminó con la reposición de Patricia Benavides como fiscal suprema titular y que donde además, dispuso que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, la designe como FN.

También El Comercio ha reiterado el pedido para conocer su versión luego de las declaraciones de Távara Córdova, pero la respuesta continua siendo el silencio.
Como se recuerda, Távara informó que no participó del proceso de “nulidad de oficio” planteado por la Benavides debido a que consideró que el caso ya había concluido en la JNJ.
Sobre todo, dijo, le explicó al presidente de la JNJ, Gino Ríos, que no podían avocarse a revisar el recurso, debido que el caso se encontraba judicializado tras el recurso de amparo de Benavides luego de concluir su proceso disciplinario.
Además, en declaraciones a RPP, aseveró que el pedido formulado por Benavides no fue informado en el Pleno de la JNJ, y solo se conoció cuando los integrantes fueron convocados a la audiencia.

Todo ello, expresó el consejero, lo consignó en un oficio que envió al presidente de la JNJ. Y, en vista que no obtuvo respuesta, decidió no participar en todo el proceso de evalución (audiencia, debate y votación).
Távara, por tanto, señaló que la votación “por unanimidad” con la que se aprobó la restitución de Benavides es una “interpretación forzada”.
“Aquí, en la carta, al final le digo: este tema ya la señora Patricia Benavides, en ejercicio de su derecho de defensa, había planteado un proceso constitucional de amparo, o sea, el tema estaba judicializado”.
Francisco Távara, consejero de la JNJ
Desde el Ministerio Público, hasta el cierre de este informe, no habían hecho pública alguna acción adoptada ante la versión emitida por el consejero Córdova.
Espinoza denuncia a Benavides
Por la tarde, Jorge del Castillo, defensa de Patricia Benavides, utilizó su red social “X” para informar que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, había interpuesto una denuncia penal en su contra por la irrupción a las oficinas del Ministerio Público el último lunes.
Aseveró que la denuncia fue interpuesta contra la rehabilitada fiscal suprema, los miembros de la Policía Nacional que la resguardaban, y las personas que la acompañaron.
“También ha comprendido a mi asistenta Dulce Chávez Fernández”, afirmó Del Castillo.
Rechazo la denuncia penal que ha puesto la ex Fiscal de la Nación Delia Espinoza, usurpando tal cargo, contra la Dra. Benavides,
— Jorge del Castillo (@JorgeDCG) June 18, 2025
y acompañantes, incluyendo a miembros de la @PoliciaPeru que la acompañaron a @Fiscalia
También ha comprendido a mi Asistenta Dulce Chávez Fernández.
Este Diario buscó la versión del Ministerio Público sobre la información vertida por el abogado, pero hasta el cierre de este informe no respondieron.
Por la noche, El Comercio accedió a la denuncia penal que la fiscal de la Nación presentó contra Benavides por los presuntos delitos de usurpación de función pública, ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce, desobediencia y resistencia a la autoridad, delito grave de perturbación pública y usurpación agravada.
La denuncia alcanza a Dulce Chávez, Roger Armas, Huber Altamirano, Raúl Vila Paz, Juan Peña (abogado de Benavides), Nicolle Solimano y Renato Marquina.
Horas antes, Del Castillo sostuvo que Delia Espinoza debía cumplir con la reposición de su patrocinada en el cargo de fiscal de la Nación, puesto que su gestión aún está vigente.
En declaraciones a RPP defendió la resolución de la JNJ, a favor de su patrocinada al aseverar que “no hay duda de la legalidad y legitimidad de la decisión.
“Que la fiscal Delia Espinoza cumpla la resolución de la JNJ en el plazo que es hasta el 1 de julio y luego de eso la Junta de Fiscales Supremos seguirá su vida tomando decisiones, pero no puede dejar de cumplir una resolución, uno puede estar de acuerdo o no con el alcance, pero tiene que cumplirla.”
Jorge Del Castillo, abogado de Patricia Benavides
Además, el abogado señaló que no denunciaron constitucionalmente a Espinoza, pero sí informaron al Congreso sobre la situación ocurrida el lunes en las instalaciones del Ministerio Público.
Por ello, sostuvo que su patrocinada no regresó a la fiscalía, por un ánimo de “no crear problemas”.
“Ojalá la Dra. Espinoza que es fiscal de la Nación tuviera iniciativa que, ante este impasse, vamos a conversar todos los fiscales para ver cómo resolvemos pero en lugar de eso le ha tirado la puerta a todo el mundo”, dijo.

Denuncias constitucionales contra la JNJ y pedido de remoción para fiscales
Desde el Congreso, las reacciones por el caso Patricia Benavides y la Junta Nacional de Justicia (JNJ) no se hicieron esperar.
Los congresistas Elías Varas Meléndez (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo) y Alfredo Pariona Sinche (Bancada Socialista) presentaron sendas denuncias constitucionales contra el presidente de la JNJ, Gino Ríos, y los integrantes de dicho órgano que suscribieron la Resolución 231-2025-JNJ a favor de la reposición de Patricia Benavides como fiscal.

Los pedidos llegaron en base a las declaraciones del consejero Francisco Távara, quien señaló haber informado al Ríos Patio que la JNJ no podía ingresar a revaluar un proceso que ya había acabo en su entidad y que estaba judicializado.

Por ello, Varas Meléndez requirió en su DC que los integrantes de la JNJ sean destituidos de sus cargos, por presunta infracción constitucional.
Por su parte, Pariona Sinche solicitó que se declare la responsabilidad de los denunciados, al haber cometido infracción a la Constitución y se proceda con su inhabilitación para el ejercicio del cargo público por diez (10) años.
Junto Ríos Patio fueron denunciados María Teresa Cabrera, Jaime de la Puente, Víctor Hugo Chanduví, Germán Serkovic y Cayo César Galindo, a quienes se les acusa de presunta infracción constitucional, así como de perpetrar delitos de usurpación de funciones y abocamiento ilegal de proceso en trámite.

Desde la otra vereda, el Grupo Parlamentario Renovación Popular presentó una moción de orden del día para que el Congreso exhorte al Pleno de la JNJ que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales previstas en el artículo 154.3 de la Constitución Política del Perú, “evalúe y disponga la destitución inmediata” los integrantes de la Junta de Fiscales Supremos.
Esto son: Delia Espinoza Valenzuela, Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Zoraida Ávalos Rivera y Juan Carlos Villena Campana.
“Por incurrir en infracción a la Constitución, desacato funcional y, en el caso de Espinoza, por la presunta comisión de los delitos de desobediencia a la autoridad y usurpación de funciones”, se indica en el documento.
La moción tiene como autores a los congresistas Alejandro Muñante, Jorge Zeballos, Miguel Ciccia, Norma Yarrow, Diego Bazán, María Córdova, Esdras Medina, Noelia Herrera, Patricia Chirinos y María Jáuregui.

Hasta el momento, el Ministerio Público tiene presupuestado cinco plazas como fiscal supremo titular. Es decir, además de Espinoza, Pablo Sánchez, Zoraida Ávalos y Juan Carlos Villena, existía una plaza para ser cubierta.
Ahora, esa plaza deberá ser decidida entre Patricia Benavides y Tomás Gálvez, quienes tienen sendas resoluciones rehabilitándolos en el cargo.
Precisamente, Gálvez Villegas acudió el miércoles hasta la sede del Ministerio Público a fin de asumir sus funciones, luego que la JNJ oficializara, vía una resolución, su rehabilitación como fiscal supremo. No obstante, no fue atendido por las autoridades de la institución.
Luis de la Cruz, abogado del rehabilitado fiscal, informó que buscaron reunirse con la fiscal de la Nación, pues consideró que no existe trámite previo, ni cita para una reincorporación, por lo que anunció que interpondrían una denuncia contra Espinoza Valenzuela.
“No quiere reponerlo, y va a proceder a denunciarla por desacatar una resolución judicial con autoridad de cosa juzgada”, anunció.
Este Diario solicitó información al Ministerio Público sobre la situación de Gálvez, pero no respondieron.
Cabe precisar que, pese a su reposición, Gálvez Villegas aún afronta investigaciones que ya fueron materia de denuncia constitucional ante el Congreso de la República, por su vinculación a la red “Los Cuellos Blancos del Puerto”; y que se encuentra pendiente de procesarse.
A ello, se suma que, el Poder Judicial ha dejado al voto el recurso de Luis Arce, para que se le restituya en el cargo de fiscal supremo titular.
El último martes, la Sala de Derecho Constitucional analizó el recurso de apelación presentado por la JNJ en contra de la decisión de primera instancia que ordenó la repocisión de Arce Córdova.
Además, la JNJ tiene en proceso la elección de un nuevo fiscal supremo titular en el marco de la Convocatoria n.° 001-2025-SN-JNJ que ya pasó por la prueba de conocimiento.

Marianella Ledesma: “Ningún extremo de esa resolución surte efecto para nada”
La expresidenta del Tribunal Constitucional (TC) Marianella Ledesma, dijo a El Comercio, que la reciente declaración del consejero Francisco Távara, se ajusta a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC).
Por tanto, consideró que la resolución emitida por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a favor de Patricia Benavides, no puede tener ningún efecto jurídico, pues que se trata de un acto construido de manera irregular
“¿Entonces, por qué es irregular? Porque la norma pide que sean siete votos unánimes. Esa norma ha sido analizada en el caso Falconí por el Tribunal Constitucional; y en ese caso, el Tribunal la interpretó diciendo que es categórico ese requisito; porque el acto que se ha hecho no es cualquier cosa, porque la seguridad jurídica se construye, tú tomas una decisión y esa es la que se ejecuta. Pero después, tú dices no, me equivoqué. O, digamos que sí, tienes derecho o hay la posibilidad de corregir de oficio, pero si lo haces, por la trascendencia de lo que estás haciendo, se requiere unanimidad. Y el tribunal lo ha dicho así, a tal punto que están prohibidas las abstenciones de los magistrados que no quieran participar.”
Marianella Ledesma, expresidenta del TC
Otro aspecto, señaló Ledesma, es que la JNJ en su resolución a favor de Benavides, adujo que ante la ausencia de uno de sus integrantes (Francisco Távara), aplicaban el Reglamento de Procesos Disciplinarios de su entidad para poder sesionar solo con seis consejeros.
Ello, anotó, también es otro motivo que vicia la resolución puesto que “buscaban obligar a uno de sus integrantes que participe de un acto irregular”.
Pero sobre todo, comentó, porque la norma invocada, es aplicable solo para procesos de “reconsideración” y no de nulidad.
“Y eso es lo que dice el doctor Távara, que no podía participar . Primero porque ese artículo quinto que ellos citan en su fundamento 17, está referido, y los invito a leerlo, a temas vinculados con reconsideraciones. Y, literalmente dice que el informe oral solo puede ser solicitado en los siguientes casos y pone una serie de supuestos, sobre reconsideraciones, pero nunca señala supuestos de la nulidad de oficio”.
Marianella Ledesma, expresidenta del TC

Una segunda irregularidad, adujo la exmagistrada del TC, es que Benavides había planteado un amparo, un proceso que estaba judicializado contra la decisión que ya había tomado la Junta.
Por tanto, aseveró, existe una regla en el derecho, que señala que en casos judicializados ya no se puede intervenir, porque es materia de otro juez.

Constitucionalmente, explicó la especialista, se establece que ninguna autoridad puede avocarse, ni interferir en el ejercicio o funciones de un proceso que ya está en giro y, por ello es que el consejero Távara advirtió que hacerlo acarreaba una infracción constitucional señalada en el artículo 139 de la Carta Magna.
“Entonces, en conclusión, el acto construido de las maneras, afectando los marcos constitucionales, afectando la Ley de Procedimientos Administrativos, yendo contra la jurisprudencia del Tribunal, eso no puede tener efecto. En conclusión, es ineficaz. Por lo tanto, no puede reincorporarse a Benavides ni como fiscal de la Nación, menos como fiscal suprema, y ningún extremo de esa resolución surte efecto para nada. Que pueden corregirlo, sí, que convenzan a Távara para que vote con ellos y ya, lo podrían corregir”.
Marianella Ledesma, expresidenta del TC
La abogada consideró que Távara no podría ser pasible de alguna sanción por no participar en el caso, puesto que “no podían obligarlo” a que participe de “un suicidio”.
Por tanto, señaló que las acciones que pueda adoptar el Ministerio Público, dependerá de lo que le exija la Junta Nacional de Justicia, cuando cumpla con notificarle la resolución con la firma de todos sus integrantes.
Incluso, señaló, ahora que se conoce lo ocurrido, por versión de Távara, la JNJ podría no volver a reiterar la decisión a favor de Benavides y dejar el tema allí, declarando “ineficaz” su decisión.
“Todo depende de a quién notifiquen y qué exija la Junta. Yo espero que la Junta deje su decisión, que quede allí; nadie va ha declarar la nulidad de nada; sencillamente es una decisión ineficaz, porque está pendiente de construir una resolución, le falta el voto de Távara, para que se ajuste a los lineamientos, no solo de la ley de procedimientos administrativos, sino a la jurisprudencia del caso Falconí que el Tribunal ha interpretado. El día que terminen su resolución podrán recién exigir efectos”, comentó.
Ernesto Álvarez: “Lo que ha hecho Távara, es boicotear a su institución”.
Ernesto Álvarez Miranda, expresidente del Tribunal Constitucional (TC) consideró que lo expuesto por el consejero Francisco Távara, demuestra que “boicoteó” a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Y, que el contexto de esa decisión tendría como origen una disputa personal con el presidente de la institución, Gino Ríos. Por ello, comentó que no se debería perder de vista dicha situación.
“Lo que ha hecho Távara es boicotear a su institución. Eso es poco ético porque si él no estaba de acuerdo con el accionar del Pleno, simplemente debió votar en contra. Lo que hizo fue una maniobra para boicotear el acuerdo.”
Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional
Por ello, consideró que los otros integrantes de la JNJ debieron haber, en su momento, gestionado la abstención o ausencia del consejero Távara, formalizando ello vía “una resolución, cosa que no hicieron”.
No obstante, precisó que la “maniobra” de Távara “no invalida la decisión de la Junta” porque, desde el punto de vista constitucional, cuando se observa un error o que una decisión de la JNJ ha causado un perjuicio de manera arbitraria, “sí procede la reversión, la anulación de oficio de ese acto arbitrario”.
“De lo contrario, imagínense, estaríamos en el caso en que si el Tribunal Constitucional, por ejemplo, encuentra que una decisión suya ha sido equivocada y está causando un perjuicio a un derecho fundamental de una o varias personas, no podría revertir ese acuerdo, no podría anular su propia sentencia y la tendría que convalidar.”
Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional
Álvarez sostuvo además, que de acuerdo a la Ley Orgánica de la JNJ, si uno de los magistrados no participa, el Pleno no puede dejar de decidir.
Por ello, consideró que la JNJ también habría incurrido en un “error” al ampararse en la Ley de Procedimientos Administrativos Generales; ya que únicamente debieron decidir el caso solo bajo su Ley Orgánica. Pese a ello, reiteró que la resolución expedida a favor de Benavides, debe quedar firme, porque se trata de derechos fundamentales.
“Pero aquí hay que tomar una perspectiva constitucional, porque lo que está en juego son derechos fundamentales. Cuando están en juego derechos fundamentales de una o varias personas, la perspectiva no es unificada; sino hay una perspectiva constitucional, que desde un punto de vista, a pesar de sus vicios legales, la decisión de la Junta es válida, constitucionalmente. Válida, porque revierte una situación arbitraria por parte del organismo que expidió esa misma decisión.”
Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional
Bajo su perspectiva, no se habría presentado ninguna infracción constitucional de los integrantes de la JNJ que participaron en el caso de Benavides Vargas; puesto que no se observa alguna arbitrariedad.
Por el contrario, acotó, si no hubieran reparado el derecho afectado de la beneficiaria, allí sí hubiesen sido posibles denuncias constitucionales.
Recordó que el mismo Tribunal Constitucional, muchas veces se ha pronunciado en situaciones en las cuales existía un recurso o una demanda en trámite en el Poder Judicial (PJ).
Finalmente consideró que la Fiscal de la Nación, Delia Espinoza, y el Ministerio Público deben acatar la decisión de la JNJ, reponer a la fiscal Benavides y, posteriormente, interponer los recursos que consideren pertinentes.
“Tiene que acatarla y, paralelamente, presentar los recursos de amparo que se consideren pertinentes, solicitando una medida cautelar para enervar los efectos de la decisión de la Junta. Ese es su derecho. Pero lo que no existe en el Estado de Derecho es simplemente no acatar. Desconocerlo. Porque ahí sí, la doctora Espinoza puede haber cometido una infracción constitucional”, concluyó.

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