

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema desestimó el recurso de casación del expresidente Alejandro Toledo que buscaba se le compute 8 meses y 3 días que estuvo detenido en Estados Unidos para ser excarcelado por vencimiento del plazo de prisión preventiva en el caso la Interoceánica tramos 1 y 2.
El tribunal precisó que el plazo de la detención preventiva se controla desde que llegó extraditado, por lo que no se considera el tiempo que permaneció en Estados Unidos.
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Toledo tiene vigente otras dos órdenes de prisión preventiva por los casos Ecoteva e Interoceánica Sur Tramo 4.
Además, pesa sobre el exmandatario una condena a 20 años y seis meses de cárcel por el Caso Odebrecht. Esto al ser encontrado culpable de los delitos de colusión y lavado de activos.
El juez César San Martín leyó la resolución donde señaló que no se le puede atribuir al Estado peruano las medidas coercitivas que se dictaron contra el exmandatario en Estados Unidos durante el proceso de extradición.
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“Es evidente que si un imputado huye del país y tiene que ser extraditado, las vicisitudes ocurridas en el país de refugio donde se desarrolló el proceso de extradición no pueden ser atribuidas al país de donde huyó”, expresó.
“El tiempo transcurrido en ese país, en Estados Unidos en el presente caso, la duración del procedimiento de extradición y relativos a las medidas de coerción que puedan haberse dictado por sus autoridades judiciales, no son de control procesal en nuestro país”, agregó.
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San Martín Castro también recordó que Toledo Manrique huyó del país apenas se inició en su contra la investigación por el Caso Interoceánica, actitud que calificó de “maliciosa” y “obstruccionista”, por lo cual tuvo que iniciarse un proceso de extradición.
“Es patente que si el imputado no se puso a derecho apenas comenzó el proceso en su contra y tuvo que ser extraditado para conseguir su presencia en el país y las dilaciones que se generaron por estas circunstancias exclusivamente atribuidas a él, han de ser consideradas maliciosas”, aseveró.
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“En efecto, se trata de comportamientos obstruccionistas que impiden la regularidad del proceso, con una clara intención de evitar una consecuencia esperada mediante la inclusión de medios circunstanciales”, añadió.
Cumple condena
El fundador del desaparecido partido Perú Posible afronta un proceso en su contra por los presuntos delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos en agravio del Estado peruano.
En la resolución impugnada se señala que el cómputo de la prisión preventiva por el plazo de 18 meses se inició desde el momento en que llegó extraditado por Estados Unidos al territorio peruano, el 23 de abril del 2023, hasta el 22 de octubre del 2024.
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Cabe indicar que Alejandro Toledo fue condenado a 20 años y 6 meses de prisión por los delitos de colusión y lavado de activos por el Caso Interoceánica Sur.
El Poder Judicial lo halló responsable de recibir una coima de más de US$ 30 millones por parte de la empresa brasileña Odebrecht a cambio de las licitaciones para los tramos 2 y 3 de la referida carretera.
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